Shrnutí na Educación Inclusiva: Lexislación e Estratexias
Educación Inclusiva: Lexislación e Estratexias Esenciais
Introducción
La atención a la diversidad es un conjunto de medidas, procedimientos y recursos que dan respuesta a las distintas necesidades educativas del alumnado dentro del sistema escolar. Este material resume el marco normativo español y gallego, los principios y elementos clave del Plan de Atención a la Diversidad (PAD) y las medidas educativas específicas que facilitan la inclusión efectiva del alumnado con Necesidad Específica de Apoyo Educativo (NEAE).
Definición: La atención a la diversidad comprende las adaptaciones del currículo, medidas organizativas y apoyos personalizados que permiten que todo el alumnado alcance los objetivos educativos establecidos.
1. Marco normativo: evolución y rasgos esenciales
1.1 Normativa histórica y su objetivo
- RD anterior (referencias históricas): marcó la obligación de dotar a los centros de los medios necesarios para prevenir el fracaso escolar, evitar la segregación y favorecer la integración del alumnado con discapacidad.
- LOXSE (1990), Art. 36: establece el principio de un único sistema educativo con recursos para que el alumnado con NEE (temporales o permanentes) alcance los objetivos generales.
1.2 Real Decreto 696/1995
- Regula la escolarización de alumnos con NEE por sobredotación intelectual y por discapacidades permanentes.
1.3 LOE (2006) — aspectos relevantes
- Art. 87: equilibrio en la admisión. Las Administraciones deben garantizar proporciones adecuadas de alumnado con necesidades en cada centro y los recursos necesarios.
- Art. 110: accesibilidad. Los centros deben adecuarse según la Ley 51/2003 y promover programas para mejorar condiciones físicas, transporte y recursos tecnológicos.
1.4 Normativa autonómica: Decreto 229/2011 (Galicia)
- Define NEAE: quienes requieren apoyos diferentes a los ordinarios por NEE, dificultades específicas, altas capacidades, incorporación tardía o condiciones personales o de historial escolar.
1.5 LOMCE (2013)
- Modifica aspectos de la LOE, pero mantiene vigente lo no modificado (educación infantil, régimen jurídico del profesorado y centros, etc.).
- Refuerza medidas generales y procedimientos sobre NEAE (Art. 71.2) y medidas complementarias para atención a la diversidad.
Definición: NEAE (Necesidad Específica de Apoyo Educativo) son aquellas necesidades, temporales o permanentes, que requieren provisiones o apoyos distintos a los ordinarios para garantizar el derecho a la educación.
2. Componentes del Plan de Atención a la Diversidad (PAD)
2.1 Qué es el PAD
- Documento que recoge actuaciones, adaptaciones curriculares, medidas organizativas, apoyos y refuerzos que el centro diseña para responder a las necesidades del alumnado.
2.2 Estructura mínima del PAD
- Análisis de la realidad del centro.
- Determinación de objetivos.
- Medidas para atender la diversidad.
- Recursos (humanos, temporales, materiales y didácticos) y procedimiento de seguimiento, evaluación y revisión.
2.3 Proceso de elaboración
- Participación del profesorado: reflexión colectiva del claustro y propuestas por la Comisión de Coordinación Pedagógica.
- Liderazgo: impulsado por el Equipo Directivo y sometido a debate con equipos de ciclo y departamentos.
- Integración: el PAD forma parte de la Programación General Anual.
3. Tipologías del alumnado con NEAE
- Alumnado con necesidades educativas especiales por discapacidad o trastornos graves de conducta.
- Alumnado con altas capacidades.
- Alumnado con dificultades específicas de aprendizaje (por ejemplo, dislexia).
- Alumnado con TDAH.
- Alumnado con incorporación tardía al sistema educativo español.
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Atención a la Diversidad - Galicia
Klíčové pojmy: Definición clara de NEAE y su carácter temporal o permanente, El PAD agrupa adaptaciones curriculares, medidas organizativas y recursos, La LOE Art.87 exige equilibrio en la admisión y recursos para NEAE, Art.110 obliga a la accesibilidad física y tecnológica de centros, Decreto 229/2011 define NEAE en la Comunidad Autónoma de Galicia, PMAR: programas de 2 cursos para alumnado con dificultades no imputables a falta de esfuerzo, Evaluaciones individualizadas detectan precozmente necesidades de apoyo, Elaboración del PAD requiere participación del claustro y liderazgo del Equipo Directivo, Las adaptaciones en lenguas extranjeras no deben minorar calificaciones, Las administraciones pueden reservar plazas y aumentar un 10% el número de alumnos por aula en casos excepcionales, La atención temprana y coordinación con servicios externos es esencial, Conductas de discriminación o acoso por diversidad son faltas graves