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Wiki⚖️ DerechoRecursos Administrativos en EspañaResumen

Resumen de Recursos Administrativos en España

Recursos Administrativos en España: Guía Completa para Estudiantes

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Introducción

Los recursos administrativos especiales son vías extraordinarias que permiten impugnar actos firmes o concretos que no pueden revisarse por los recursos administrativos generales. En la Ciudad Autónoma de Melilla están regulados en el Reglamento del Gobierno y de la Administración y en la Ley 39/2015, y abarcan, entre otros, el recurso de alzada, el recurso potestativo de reposición y el recurso extraordinario de revisión, así como normas sobre la impugnación de actos de organismos autónomos y la defensa jurídica de la Ciudad.

Definición: Los recursos administrativos especiales son medios extraordinarios o específicos de impugnación previstos para supuestos concretos en que la vía ordinaria de recursos no es aplicable.

Estructura del contenido

  1. Recurso de alzada (en Melilla)
  2. Recurso potestativo de reposición
  3. Recurso extraordinario de revisión: causas, plazos y resolución
  4. Impugnación de actos de organismos autónomos y entes públicos
  5. Representación y defensa jurídica de la Ciudad

1. Recurso de alzada

¿Qué es y contra qué actos procede?

  • Procede contra resoluciones de viceconsejeros y órdenes de Consejeros que no agotan la vía administrativa.
  • Puede interponerse ante la Presidencia (órgano competente para resolverlo) o ante el órgano que dictó el acto, que deberá elevarlo con informe a la Presidencia.

Definición: El recurso de alzada es un recurso directo ante un órgano superior jerárquico para revisar actos que no agotan la vía administrativa.

Efectos y límites

  • La resolución del recurso de alzada dictada por la Presidencia en forma de Decreto agota la vía administrativa; contra ella no cabe otro recurso administrativo, salvo el recurso extraordinario de revisión en los casos legalmente previstos.

Ejemplo práctico

  • Si un viceconsejero dicta una resolución sobre una licencia y ésta no agota la vía administrativa, el interesado puede presentar recurso de alzada ante la Presidencia. Si la Presidencia resuelve mediante Decreto firme, la vía administrativa queda cerrada respecto a ese recurso.

2. Recurso potestativo de reposición

¿Cuándo se usa?

  • Procede contra actos que ponen fin a la vía administrativa según el Reglamento.
  • Es potestativo: el interesado puede optar por interponer reposición ante el mismo órgano que dictó el acto o acudir directamente al contencioso-administrativo.

Definición: El recurso potestativo de reposición es una impugnación administrativa voluntaria contra actos que ponen fin a la vía administrativa.

Casos especiales en Melilla

  • Actos del Pleno de la Asamblea cuando ejerza competencias propias de los Plenos municipales: pueden recurrirse en reposición ante el Pleno de la Asamblea (si la delegación lo atribuye expresamente).
  • Actos del Consejo de Gobierno resueltos por delegación de la Asamblea: podrán impugnarse ante el Consejo de Gobierno si la delegación lo permite.
  • Contra disposiciones administrativas de carácter general dictadas por la Asamblea o Consejo de Gobierno no cabe recurso en vía administrativa, salvo que se impugne un acto administrativo derivado de su aplicación alegando la nulidad de la disposición general; ese recurso tendrá la forma de reposición y se interpone directamente ante el órgano que dictó la disposición.

Tributos y reclamaciones económico-administrativas

  • Los actos relativos a tributos, precios públicos, sanciones pecuniarias y otros ingresos de Derecho Público se recurren según la Ley Reguladora de las Haciendas Locales; supletoriamente se aplica la Ley estatal de procedimiento administrativo común para la reposición.
  • Si la reclamación económico-administrativa debe resolverse por el Tribunal Económico Administrativo Central o Local, se aplicará la Ley General Tributaria y normativa específica.

Ejemplo práctico

  • Un ciudadano recibe una multa municipal que agota la vía administrativa. Puede presentar reposición ante el órgano que impuso la sanción o impugn
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Recursos administrativos especiales

Klíčová slova: Recursos administrativos generales, Recursos administrativos especiales

Klíčové pojmy: Recurso de alzada procede contra actos de viceconsejeros y órdenes de Consejeros que no agotan la vía administrativa, La Presidencia es competente para resolver alzadas o recibe el expediente con informe del órgano que dictó el acto, Recurso potestativo de reposición es voluntario frente a actos que ponen fin a la vía administrativa, Contra disposiciones generales no cabe recurso administrativo salvo impugnación por acto de aplicación alegando nulidad, Actos tributarios siguen la Ley de Haciendas Locales y, si procede, la vía económico-administrativa, Recurso extraordinario de revisión procede por error de hecho, documentos nuevos, falsedad o delitos que afecten el acto, Plazos: $4$ años para error de hecho; $3$ meses para las demás causas del recurso de revisión, Si la Administración no resuelve el recurso extraordinario de revisión en $3$ meses, se entiende desestimado, Recurso de alzada y extraordinario contra organismos autónomos resuelve el Consejero adscrito, Los Servicios Jurídicos de la Ciudad representan y defienden a la Administración y pueden designar letrados externos

## Introducción Los recursos administrativos especiales son vías extraordinarias que permiten impugnar actos firmes o concretos que no pueden revisarse por los recursos administrativos generales. En la Ciudad Autónoma de Melilla están regulados en el Reglamento del Gobierno y de la Administración y en la Ley 39/2015, y abarcan, entre otros, el **recurso de alzada**, el **recurso potestativo de reposición** y el **recurso extraordinario de revisión**, así como normas sobre la impugnación de actos de organismos autónomos y la defensa jurídica de la Ciudad. > Definición: Los recursos administrativos especiales son medios extraordinarios o específicos de impugnación previstos para supuestos concretos en que la vía ordinaria de recursos no es aplicable. ## Estructura del contenido 1. Recurso de alzada (en Melilla) 2. Recurso potestativo de reposición 3. Recurso extraordinario de revisión: causas, plazos y resolución 4. Impugnación de actos de organismos autónomos y entes públicos 5. Representación y defensa jurídica de la Ciudad --- ## 1. Recurso de alzada ### ¿Qué es y contra qué actos procede? - Procede contra resoluciones de viceconsejeros y órdenes de Consejeros que no agotan la vía administrativa. - Puede interponerse ante la Presidencia (órgano competente para resolverlo) o ante el órgano que dictó el acto, que deberá elevarlo con informe a la Presidencia. > Definición: El recurso de alzada es un recurso directo ante un órgano superior jerárquico para revisar actos que no agotan la vía administrativa. ### Efectos y límites - La resolución del recurso de alzada dictada por la Presidencia en forma de Decreto agota la vía administrativa; contra ella no cabe otro recurso administrativo, salvo el **recurso extraordinario de revisión** en los casos legalmente previstos. ### Ejemplo práctico - Si un viceconsejero dicta una resolución sobre una licencia y ésta no agota la vía administrativa, el interesado puede presentar recurso de alzada ante la Presidencia. Si la Presidencia resuelve mediante Decreto firme, la vía administrativa queda cerrada respecto a ese recurso. --- ## 2. Recurso potestativo de reposición ### ¿Cuándo se usa? - Procede contra actos que **ponen fin** a la vía administrativa según el Reglamento. - Es potestativo: el interesado puede optar por interponer reposición ante el mismo órgano que dictó el acto o acudir directamente al contencioso-administrativo. > Definición: El recurso potestativo de reposición es una impugnación administrativa voluntaria contra actos que ponen fin a la vía administrativa. ### Casos especiales en Melilla - Actos del Pleno de la Asamblea cuando ejerza competencias propias de los Plenos municipales: pueden recurrirse en reposición ante el Pleno de la Asamblea (si la delegación lo atribuye expresamente). - Actos del Consejo de Gobierno resueltos por delegación de la Asamblea: podrán impugnarse ante el Consejo de Gobierno si la delegación lo permite. - Contra disposiciones administrativas de carácter general dictadas por la Asamblea o Consejo de Gobierno no cabe recurso en vía administrativa, salvo que se impugne un acto administrativo derivado de su aplicación alegando la nulidad de la disposición general; ese recurso tendrá la forma de reposición y se interpone directamente ante el órgano que dictó la disposición. ### Tributos y reclamaciones económico-administrativas - Los actos relativos a tributos, precios públicos, sanciones pecuniarias y otros ingresos de Derecho Público se recurren según la Ley Reguladora de las Haciendas Locales; supletoriamente se aplica la Ley estatal de procedimiento administrativo común para la reposición. - Si la reclamación económico-administrativa debe resolverse por el Tribunal Económico Administrativo Central o Local, se aplicará la Ley General Tributaria y normativa específica. ### Ejemplo práctico - Un ciudadano recibe una multa municipal que agota la vía administrativa. Puede presentar reposición ante el órgano que impuso la sanción o impugn

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