La victimología, como campo de estudio, explora las experiencias de las víctimas, incluyendo aquellas situaciones de gran escala social, donde el poder gubernamental e institucional se ve comprometido. Este artículo aborda en profundidad la Victimología: Crímenes Internacionales y Abuso de Poder, desglosando las definiciones, contextos y mecanismos de respuesta ante estas graves violaciones.
Crímenes Internacionales y su Impacto Global
La historia nos revela numerosos crímenes perpetrados bajo la organización estatal o en conflictos armados. Dada su magnitud y naturaleza sistemática, ha sido crucial desarrollar mecanismos internacionales para su intervención y persecución ante tribunales supranacionales, sentando las bases del derecho penal internacional. Casos como el Holocausto o la dictadura militar argentina son ejemplos elocuentes de esta realidad.
El informe "Nunca Más" de la CONADEP, publicado en 1984 tras el retorno a la democracia en Argentina, es un documento emblemático que recopila testimonios de familiares y víctimas, sirviendo como base para el juicio a los responsables. Este informe ilustra cómo los crímenes institucionales, difíciles de visibilizar y denunciar, solo pueden ser juzgados al finalizar los regímenes que los promueven.
Definición de Crímenes Internacionales: Un Análisis Detallado
Los crímenes internacionales se han configurado por la necesidad de cooperación global para su persecución, ya que afectan "a la humanidad en su totalidad" y representan ataques graves a bienes jurídicos trascendentales. Según Varona Martínez et al. (2015), incluyen:
- Genocidio: Descrito en el artículo 6 del Estatuto de la Corte Penal Internacional (CPI), se refiere a actos con intención de destruir total o parcialmente un grupo nacional, étnico, racial o religioso. Incluye la matanza, lesiones graves, condiciones de existencia destructivas, medidas para evitar nacimientos o traslado forzoso de niños. Los crímenes nazis contra el pueblo judío son un ejemplo claro.
- Crímenes de Lesa Humanidad: Detallados en el artículo 7 del Estatuto de la CPI, abarcan asesinato, exterminio, esclavitud, deportación, encarcelación, tortura, persecución, desaparición forzada o apartheid. Estos deben ser parte de un ataque amplio y sistemático contra la población civil, cometido con consentimiento de una política de estado o una organización. Los crímenes de la dictadura militar argentina, relevados por la CONADEP, se incluyen en esta categoría.
- Crímenes de Guerra: Consonantes con las infracciones graves a los Convenios de Ginebra de 1949, se describen en el artículo 8 del Estatuto de la CPI. Incluyen actos inhumanos, tortura, tratos indignos a prisioneros y violaciones graves de las leyes relacionadas con conflictos armados internacionales.
- Crimen de Agresión: Añadido en 2010 (art. 8 bis), se define como "El uso de la fuerza armada por un estado contra la soberanía, la integridad territorial o la independencia política de otro estado, o en cualquier otra forma incompatible con la Carta de las Naciones Unidas". Se imputa a quien planifica, prepara, inicia o realiza dicho acto.
- Otros Crímenes Internacionales: Existen otras tipologías con profusa legislación internacional, como el mercenarismo, el apartheid, la tortura, la experimentación con humanos y la piratería.
Este marco normativo resalta la gravedad y planificación de estas conductas, que afectan a grandes grupos poblacionales y requieren cooperación internacional para su persecución, aunque su aplicación depende de la adhesión de los estados.
Persecución de Crímenes Internacionales: Mecanismos y Desafíos
La persecución de estos crímenes de gran impacto global presenta desafíos complejos. El acceso a la Corte Penal Internacional, aunque trascendente, no es siempre directo.
Jurisdicción Universal
Este principio permite a un estado aplicar su ley interna a hechos ocurridos fuera de su territorio, perpetrados por sus nacionales o que afecten sus intereses. Un ejemplo notable es la solicitud de extradición de Pinochet por parte de España, en relación con crímenes de genocidio. Este principio es vital desde la perspectiva victimológica, al garantizar los derechos de las víctimas frente a la injusticia o impunidad.
Corte Penal Internacional
En vigor desde 2002, la CPI tiene competencia sobre los crímenes mencionados en su estatuto contra cualquier persona mayor de 18 años. Es importante destacar que no se permite alegar obediencia debida. La CPI es complementaria a las jurisdicciones nacionales, interviniendo solo si estas son inexistentes o ineficientes. Pueden denunciar estados parte, el Consejo de Seguridad de la ONU y el Fiscal. El estatuto de la CPI define a las víctimas e incluye a organizaciones que hayan sufrido daños indirectos, enfatizando la atención a sus necesidades y la existencia de una dependencia especial para "víctimas y testigos".
Justicia Transicional y Comisiones de la Verdad
Las experiencias de "justicia transicional" son cruciales para sociedades en tránsito de conflicto o dictadura hacia la paz. Se definen como un conjunto de medidas y mecanismos para exigir responsabilidades por violaciones de derechos. Las comisiones de la verdad, como la CONADEP, son organismos oficiales, no judiciales, que investigan temporalmente para conocer la verdad sobre crímenes y sus motivaciones, culminando en informes con conclusiones y recomendaciones. Su rol es fundamental para reconocer públicamente el sufrimiento, reconstruir la memoria colectiva y sentar las bases para evitar la repetición de atrocidades. Deben respetar los principios y directrices de la resolución 60/147 de la Asamblea de Naciones Unidas (2005), que detallan los derechos de las víctimas a recursos y reparaciones.
Abuso de Poder Institucional: El Lado Oscuro de las Entidades
El abuso de poder institucional, como el caso de George Floyd, resalta el desequilibrio de poder inherente a estas situaciones. La victimología examina la victimización en contextos donde el poder de represión estatal o las características de una institución generan vulnerabilidad.
Concepto de Abuso de Poder Normativo
La Declaración de Principios básicos de Justicia para las víctimas de delito y abuso de poder (A/RES/40/34) define el abuso de poder como "acciones u omisiones que no llegan a constituir violaciones del derecho penal nacional, pero violan normas internacionalmente reconocidas relativas a los derechos humanos" (Naciones Unidas, 1985, principio 18). Criminológicamente, puede aplicarse a cualquier delito relacionado con abusos de función pública, autoridad o poder, aunque estos delitos suelen estar tipificados, la cifra negra sigue siendo alta.
Torturas y Malos Tratos: Un Riesgo Persistente
Incluso en estados democráticos, el riesgo de torturas y malos tratos por parte de figuras de autoridad persiste. La Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (Naciones Unidas, 1984) establece directrices para la prevención, buscando anular la utilidad de estas prácticas, formar a funcionarios, regular traslados e interrogatorios, establecer sistemas de control con visitas sorpresivas y definir obligaciones para los poderes públicos.
Instituciones Totales y Riesgos de Victimización
El término "instituciones totales", acuñado por Etzioni y estudiado por Goffman (1991, citado por Varona Martínez et al., 2015), se refiere a entidades que concentran un gran número de necesidades humanas en una única organización. Ejemplos incluyen prisiones, centros de detención, hospitales neuropsiquiátricos, residencias para ancianos o centros militares. Sus características son:
- Ruptura de Fronteras: Se produce un corte de las fronteras espaciales y de autoridad que diferencian distintos ámbitos de la vida.
- Homogeneización: Muchas personas realizan las mismas actividades de manera similar, con la vida programada.
- Jerarquización: Existe un ordenamiento jerárquico explícito.
- Planificación: Se diseña un plan racional para el cumplimiento de las funciones institucionales.
En estos contextos, la posibilidad de victimización por abuso de poder es notoria debido a factores de riesgo:
- Elementos Desindividualizadores: Predominio de la perspectiva de la organización sobre los individuos, lo que puede ser deshumanizante.
- Relaciones Abusivas de Poder: Tendencia a la comunicación violenta.
- Victimización Oculta y Corrupción: Alto riesgo de victimización con miedo a la denuncia.
- Actividades Individuales y Subculturas: Estrategias de adaptación ante el control y la opresión.
- Reproducción de Discriminaciones: Similares a las existentes a nivel social.
- Rituales: Favorecen la identidad y alteridad.
- Consecuencias Somáticas y Psicosociales: Pérdida de control, pasividad, pérdida de vínculos e inseguridad hacen a los individuos más proclives a la victimización.
Delitos de Abuso de Poder Económico: La Delincuencia de Cuello Blanco
La expresión "delincuencia de cuello blanco", acuñada por Sutherland en 1939, se refiere a delitos cometidos por personas de alto nivel económico y respetabilidad social, en relación con su actividad profesional. Estos delitos, a menudo corporativos, se distinguen de los delitos económicos convencionales por el factor de abuso de poder o exceso de confianza. Sus acciones trascienden el ámbito comercial, afectando el ambiente, la fe pública o la confianza en las instituciones.
Aspectos Victimológicos de los Delitos de Cuello Blanco
Estos delitos son difíciles de detectar, denunciar o perseguir, lo que explica la menor atención criminológica:
- Concepto de Delincuencia: El imaginario social prioriza delitos violentos sobre la gravedad de los daños de cuello blanco.
- Ambivalencia de sus Efectos: Pueden generar victimización y daños, pero también beneficios sociales (empleo, servicios), distorsionando el sistema económico.
- Complejidad en la Definición y Persecución: Dificultad para delimitar si una conducta es delito o ilícito administrativo, y para establecer responsables en organizaciones complejas.
- Victimización Difusa: Afecta a muchas personas indefinidas que no siempre reconocen haber sido dañadas (ej. menor presupuesto gubernamental, servicios más caros).
- Victimización Oculta: Las víctimas no saben que lo son o no quieren hacer públicos los hechos, sumado a una posible naturalización e impotencia.
- Escasa Organización Ciudadana: A diferencia de otros delitos, las víctimas de "cuello blanco" rara vez se organizan para reclamar.
- Uso del Derecho Penal en Pugnas de Poder: Las denuncias a menudo surgen en el marco de conflictos políticos o económicos.
Estas características hacen que las víctimas de delitos de cuello blanco tengan una escasa identidad como tales, y el daño es a menudo social o general.
Prevención de la Victimización por Abuso de Poder
La prevención de estos tipos de victimización es multifacética y abarca varios niveles:
Prevención Primaria y Secundaria
Estas medidas se enfocan en crear conciencia social, dotar de recursos a organismos de control, influir en la cultura y formación de dirigentes, fomentar la transparencia y la creatividad fiscal, armonizar la legislación, y emplear mecanismos de control novedosos. También incluye el estudio del impacto de la responsabilidad penal empresarial y la trascendencia de la prevención más allá del ámbito penal.
Prevención Terciaria
Se centra en la respuesta una vez ocurrido el daño, reconociendo la mayor gravedad de la victimización en delitos de cuello blanco para poblaciones vulnerables. Implica fomentar el reconocimiento y trato digno a las víctimas, mejorar la información, apoyo y acceso a la justicia. Incluye asegurar la reparación del daño, implementar medidas de justicia restaurativa y generar programas específicos para la victimización reiterada y múltiple.
Organizaciones no gubernamentales como Transparencia Internacional juegan un papel crucial, realizando encuestas anuales sobre la percepción de la corrupción, lo que ayuda a visibilizar y combatir estos problemas. Asimismo, las Naciones Unidas han establecido normas sobre la responsabilidad de las empresas multinacionales en países con vulneración de derechos humanos.
Preguntas Frecuentes sobre Victimología y Abuso de Poder
¿Qué son los crímenes internacionales y cuáles son sus principales categorías?
Los crímenes internacionales son delitos que afectan a la humanidad en su totalidad y requieren cooperación global para su persecución. Sus principales categorías son genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y el crimen de agresión, todos definidos en el Estatuto de la Corte Penal Internacional.
¿Cómo se relaciona el concepto de "instituciones totales" con el abuso de poder?
Las "instituciones totales" (como prisiones u hospitales psiquiátricos) concentran muchas necesidades humanas bajo una única organización con características de ruptura de fronteras, homogeneización, jerarquización y planificación. Estas condiciones generan un desequilibrio de poder que incrementa la vulnerabilidad a la victimización y el abuso.
¿Por qué los delitos de "cuello blanco" son difíciles de detectar y denunciar?
Los delitos de "cuello blanco" son difíciles de detectar y denunciar debido a la victimización difusa (afectan a muchas personas que no se reconocen como víctimas), la victimización oculta (miedo a denunciar o naturalización), la complejidad para definirlos y establecer responsabilidades, y la escasa organización ciudadana de las víctimas. Además, el concepto de delincuencia popularmente prioriza la violencia física.
¿Qué papel tienen las Comisiones de la Verdad en la justicia transicional?
Las Comisiones de la Verdad, como la CONADEP, son organismos no judiciales que investigan crímenes de un período específico para conocer la verdad, reconocer públicamente el sufrimiento de las víctimas, reconstruir la memoria colectiva y sentar las bases para evitar futuras atrocidades. Sus informes finales incluyen conclusiones y recomendaciones cruciales para la reparación y no repetición.