Síndrome de Niño Maltratado: Definición y Manejo Integral
20 preguntas
A. Ano
B. Ne
Explicación: La atención de pacientes de maltrato infantil debe ser otorgada por un equipo multidisciplinario de salud, donde la participación del personal de enfermería, psicólogos, trabajadores sociales, autoridades locales y terapeutas familiares es fundamental para el tratamiento y la protección de los menores.
A. México ocupa el primer lugar en América Latina por la cantidad de violencia física cometida contra menores de 14 años.
B. Guerrero, Quintana Roo y Tlaxcala han sido identificados como puntos donde se ejerce con mayor frecuencia la "prostitución infantil".
C. Se estima que el 2% de todos los niños mexicanos son víctimas de abuso sexual cada año.
D. En 8 de cada 10 casos de maltrato infantil en México, los abuelos son señalados como probables responsables.
Explicación: El material de estudio indica que "Estados como Guerrero, Quintana Roo, Tlaxcala, Veracruz y Baja California han sido identificados como puntos donde se ejerce con mayor frecuencia la 'prostitución infantil' y donde más abusos se cometen en contra de los niños". Las otras opciones son incorrectas según el texto: México se ubica en el sexto lugar en América Latina de maltrato infantil, 4.5 millones de niños mexicanos son abusados cada año y solo el 2% de las víctimas de abuso sexual son atendidas, y en 8 de cada 10 casos de maltrato infantil, el padre o la madre fueron señalados como probables responsables.
A. Ano
B. Ne
Explicación: El procedimiento en los hospitales se inicia cuando el personal médico sospecha de maltrato infantil y solicita al personal de trabajo social del hospital que inicie el estudio y notifique a las autoridades jurídicas competentes, siendo el personal de trabajo social el encargado de la notificación.
A. Ano
B. Ne
Explicación: Las instituciones de salud en México que cuentan con Clínicas de Prevención de Maltrato Infantil son solo algunas, no todas.
A. Artículo 133 de la Constitución y 156 del Código Penal del Distrito Federal.
B. Artículos 156 y 158 del Código Penal del Distrito Federal.
C. NOM-004-SSA3-2012 y NOM-046-SSA2-2006.
D. Artículos 158 y 133 del Código Penal del Distrito Federal.
Explicación: El estudio indica que las disposiciones de protección al menor están ratificadas en los artículos 156 y 158 del Código Penal del Distrito Federal.