Remedios Contractuales por Incumplimiento: Guía Esencial
Toca para girar · Desliza para navegar
36 tarjetas
Pregunta: ¿Cuál es la pregunta central sobre por qué el contrato obliga?
Respuesta: Por qué estás obligado a cumplir lo que prometiste: el contrato es ley para las partes (art. 1545 CC) y tiene fuerza vinculante por razones de justici
Pregunta: Menciona las tres razones principales por las que el contrato obliga.
Respuesta: Justicia (lo acordado es equitativo), Ética (la palabra dada vincula) y Eficiencia (la confianza en el cumplimiento permite el comercio).
Pregunta: ¿Cuál es la idea central del sistema de remedios según Barros Bourie?
Respuesta: Que frente al incumplimiento existe un conjunto coordinado de remedios (herramientas) que deben entenderse y aplicarse conjuntamente, no acciones suel
Pregunta: Enumera los remedios contractuales básicos presentados.
Respuesta: 1) Cumplimiento específico 2) Excepción de contrato no cumplido 3) Resolución 4) Indemnización de perjuicios 5) Reducción del precio.
Pregunta: ¿Qué implica el remedio de cumplimiento específico?
Respuesta: Que el acreedor exige judicialmente que el deudor haga exactamente lo prometido: “Cúmpleme lo que prometiste.”
Pregunta: ¿Qué es la excepción de contrato no cumplido y qué artículo la regula?
Respuesta: Es negarse a cumplir mientras la contraparte tampoco cumple; está regulada en el art. 1552 CC.
Pregunta: ¿Qué significa la resolución como remedio contractual y qué artículo la regula?
Respuesta: Dejar sin efecto el contrato y recuperar lo ya entregado; está prevista en el art. 1489 CC.
Pregunta: ¿Qué es la indemnización de perjuicios en materia contractual?
Respuesta: Cobrar una compensación en dinero por los daños causados por el incumplimiento (art. 1556 CC).
Pregunta: ¿Cuándo procede la reducción del precio como remedio?
Respuesta: Cuando la prestación recibida fue defectuosa o incompleta, permitiendo pagar menos por la prestación recibida.
Pregunta: ¿Se pueden usar varios remedios a la vez? Da reglas generales.
Respuesta: Algunos remedios son acumulables (p. ej., resolución más indemnización). Otros son incompatibles (no se puede pedir simultáneamente cumplimiento y res