Procesos Monitorio y Ejecutivo: Guía para Estudiantes
20 preguntas
A. Ano
B. Ne
Explicación: Antes del remate, debe allegarse al juzgado un certificado de libertad y tradición que se haya expedido dentro del mes anterior a la fecha del remate.
A. En el proceso ejecutivo, se ordena la cancelación de todos los gravámenes, incluyendo hipotecas, prendas, afectaciones a vivienda familiar y patrimonio de familia, además del levantamiento de medidas cautelares.
B. En el proceso de venta de la cosa común, la división y venta afectan los derechos de terceros acreedores hipotecarios o prendarios, requiriendo su citación para la fijación de la fecha del remate antes de la cancelación de los gravámenes.
C. En el proceso ejecutivo, únicamente se cancelan las hipotecas y prendas, dejando otros gravámenes intactos.
D. En el proceso de venta de la cosa común, los gravámenes nunca se cancelan, solo se modifica la titularidad del bien.
Explicación: La principal diferencia es que en el proceso ejecutivo se ordena la cancelación de todos los gravámenes, detallando hipotecas, prendas, afectación a vivienda familiar, patrimonio de familia y levantamiento de medidas cautelares. En contraste, en el proceso de venta de la cosa común, la división y venta afectan los derechos de terceros acreedores hipotecarios o prendarios, y por ello, para fijar la fecha del remate y cancelar los gravámenes, es indispensable citar a estos terceros.
A. Ano
B. Ne
Explicación: Los materiales de estudio indican que si se está haciendo valer una hipoteca o una prenda, no se pueden acumular demandas, sino que se acumulan procesos según el Artículo 468.
A. El bien se remata nuevamente por un valor inferior.
B. Se impone una multa del 20% del avalúo a favor del demandante.
C. El adjudicatario pierde el derecho a la adjudicación sin ninguna otra sanción.
D. Se extiende el plazo para la consignación por 10 días adicionales.
Explicación: La norma define en el artículo 453 que, si el adjudicatario no consigna el valor dentro de los 3 días siguientes, se impone una multa del 20% del avalúo a favor del demandante.
A. Ano
B. Ne
Explicación: Cuando un bien está embargado en diferentes procesos de especialidades (civil, familia, laboral, jurisdicción coactiva), el dinero obtenido del remate no se distribuye proporcionalmente. En su lugar, se aplica una prelación de créditos, pagando primero al juez de familia, luego al de laboral, después al de jurisdicción coactiva, y por último al que embargó el bien.