Podcast sobre Pactos de Socios y Acuerdos de Accionistas
Pactos de Socios y Acuerdos de Accionistas: Guía Completa
Podcast
Pactos de Socios: Las Reglas Secretas del Juego
Délka: 23 minut
Kapitoly
¿Pactos fuera de la ley?
La idea de la "doble sociedad"
¿Realmente son sociedades internas?
La clave está en el caso a caso
El Protocolo Familiar
Más que un Contrato
Quiénes Firman y Dónde
Quiénes Firman los Pactos
La Excepción Unánime
¿Qué Son en Esencia?
Contrato Social vs. Pacto de Socios
¿Social o Parasocial?
No es una Promesa
¿Qué es una acción?
Tipos de acciones
Pactos entre accionistas
Estatutos vs. Pactos
La última frontera legal
El caso del muelle hundido
La decisión de la Corte Suprema
Críticas y el camino a seguir
Resumen y despedida
Přepis
Diego: …espera, entonces, ¿me estás diciendo que los socios pueden tener un acuerdo totalmente por fuera de los papeles oficiales de la empresa, y aun así, eso rige cómo funciona todo por dentro? ¡Es increíble!
Valeria: ¡Exacto! Suena a secreto de estado, pero es una figura legal súper común. No está en los estatutos, pero tiene un poder enorme.
Diego: Okay, esto tengo que entenderlo bien, y creo que todos los que nos escuchan también. Estás escuchando Studyfi Podcast.
Valeria: Así es. El tema de hoy es fascinante: los pactos de socios y la gobernanza societaria. Y ese acuerdo del que hablas se llama pacto parasocial.
Diego: ¿Parasocial? ¿Como… paralelo a lo social? ¿A la sociedad?
Valeria: Justo eso. La palabra clave es "para", que significa "al lado de". Estos pactos se mueven en un plano distinto al del contrato oficial de la sociedad, pero su objetivo es justamente condicionar lo que pasa en el ámbito social.
Diego: A ver, dame un ejemplo práctico para que no se me funda el cerebro.
Valeria: Claro. Imagina un protocolo familiar en una empresa. La familia firma un pacto por fuera que dice que solo los miembros de la familia que cumplan ciertas condiciones pueden llegar a ser dueños. Eso impacta directamente quién dirige la empresa en el futuro.
Diego: Ya veo. O sea, no es parte del acta de constitución de la empresa, pero sí define las reglas del juego para los dueños. Es como tener las reglas oficiales y luego… las reglas de la casa.
Valeria: ¡Me encanta esa analogía! Es perfecta. De hecho, una corriente de pensamiento los describe como "sociedades internas".
Diego: ¿Sociedades internas? ¿Como una muñeca rusa de empresas?
Valeria: Algo así. La idea es que los socios que firman el pacto crean una mini-sociedad entre ellos, con su propio fin común, que orienta cómo van a actuar todos juntos en la sociedad más grande, la externa.
Diego: Suena a que se ponen de acuerdo en secreto antes de la junta de accionistas para votar todos en bloque.
Valeria: Exacto. Se disciplinan para la toma de decisiones. Piensa en otro ejemplo: un *covenant*.
Diego: ¿Un qué, perdón?
Valeria: Un *covenant*. Es un término en inglés. Imagina que la empresa pide un crédito muy grande. El banco, que es el acreedor, les hace firmar a los socios un pacto donde se comprometen a no repartir dividendos hasta pagar la deuda.
Diego: Ah, claro. El banco quiere asegurarse de que no saquen el dinero de la empresa antes de que le paguen. ¿Y eso también sería una "sociedad interna"?
Valeria: Aquí es donde la cosa se pone interesante. La descripción de "sociedad interna" no siempre encaja a la perfección. En el caso del *covenant*, no hay tanto un "fin común" entre los socios y el banco.
Diego: Claro, el fin del banco es que le paguen. El fin de los socios es… bueno, ¡que el banco les deje en paz para poder ganar dinero!
Valeria: ¡Exactamente! Ahí, más que una sociedad, lo que hay es un intercambio. El banco da el crédito y a cambio obtiene un poder de control sobre ciertas decisiones. No es que de repente el gerente del banco sea como un primo en la empresa familiar.
Diego: Entendido. Entonces, la etiqueta de "sociedad interna" es útil para entender la parte organizativa, pero no es una descripción universal para todos los pactos de socios.
Valeria: Precisamente. No se puede aplicar de forma automática. Algunos pactos buscan alinear intereses, otros son puramente transaccionales.
Diego: O sea que, para un examen, si me preguntan la calificación jurídica de los pactos de socios, ¿la respuesta es "depende"? Qué respuesta tan útil para un múltiple choice.
Valeria: Es la respuesta más honesta, aunque no la más fácil. Y aquí va la clave. Más que intentar forzar el pacto en una categoría general, como "sociedad interna" o cualquier otra, lo importante es examinar cada dificultad en su mérito.
Diego: ¿Qué quieres decir con "en su mérito"?
Valeria: Que en lugar de preguntarnos "¿qué es esto en teoría?", nos preguntamos "¿qué problema práctico intenta resolver y cómo lo hace?". El pacto es válido porque justamente está al margen de los estatutos oficiales. No pretende ser el contrato de la sociedad, sino algo diferente.
Diego: Pero si está al margen, ¿qué pasa si alguien no lo cumple? ¿La empresa puede hacer algo?
Valeria: ¡Esa es la pregunta del millón! Y aunque el pacto sea "parasocial", su incumplimiento puede tener consecuencias muy reales en la sociedad. Podría justificar hasta la destitución de un administrador. Pero eso… creo que es un tema para nuestro próximo bloque.
Diego: ...y esa confianza es justamente el pilar en las empresas familiares, ¿no?
Valeria: ¡Totalmente! Y ahí es donde entra una figura clave que debemos conversar: el protocolo familiar. Es una primera forma de pacto de socios, pero con un giro muy especial.
Diego: Protocolo familiar... me suena a un manual de supervivencia para las cenas de Navidad.
Valeria: ¡No estás tan lejos! Un autor, Antúnez, lo definió como un instrumento para lograr un modelo de comunicación y consenso. Básicamente, son las reglas del juego para que la familia, la propiedad y la empresa no terminen en una batalla campal.
Diego: Entiendo. O sea, va más allá de un simple contrato legal y frío.
Valeria: ¡Mucho más allá! Antes que un contrato, es una herramienta para un mejor gobierno corporativo. Por eso cubre temas que no son puramente jurídicos.
Diego: ¿Cómo qué tipo de temas?
Valeria: Pues mira, puede incluir una declaración de los valores de la familia, las políticas para contratar a un primo o a un sobrino, o cómo se van a distribuir los beneficios. Es la personalidad de la empresa familiar hecha documento.
Diego: Es como crear la constitución de la familia empresaria. Suena súper útil.
Valeria: Lo es. Y claro, también incluye aspectos jurídicos cruciales, como las condiciones para que alguien se una a la empresa o para que pueda vender su parte. Ahí sí se vuelve un contrato en toda regla.
Diego: Y una duda, ¿esto lo firman solamente los socios?
Valeria: ¡Esa es una gran pregunta! Y la respuesta es no, no necesariamente. A menudo lo firman miembros de la familia que ni siquiera tienen acciones.
Diego: ¿En serio? ¿Y por qué?
Valeria: Piénsalo... El protocolo puede regular qué pasa si un socio se divorcia o qué sucede con las participaciones si alguien fallece. Son temas que afectan a toda la familia, estén o no en la gestión diaria.
Diego: Tiene todo el sentido. Es una protección para el futuro. Y aunque en Chile no hay una ley específica para ellos, ¿se usan mucho?
Valeria: Muchísimo. Se popularizaron desde el año 2000 y hoy son una herramienta central. Y justo esa flexibilidad nos lleva a hablar de los pactos parasociales en general...
Valeria: ...y esa es la razón por la que son tan flexibles. Pero esa flexibilidad trae una pregunta clave.
Diego: Exacto. Estaba pensando... estos pactos, ¿son solo entre los socios o la empresa como tal puede firmar uno?
Valeria: ¡Gran pregunta, Diego! Y la respuesta es un no rotundo. La sociedad, como persona jurídica, no puede firmar un pacto que solo beneficie a algunos socios.
Diego: ¿Por qué no? Suena como una forma de hacer las cosas oficiales.
Valeria: Piénsalo así: la sociedad es como el árbitro de un partido. Se debe a todos los jugadores por igual. Si firma un pacto con solo una parte del equipo, está tomando partido. Ya no es imparcial.
Diego: Entendido. Se estaría usando para fines ajenos al negocio común. ¿Y qué pasa con los administradores?
Valeria: Lo mismo. Un administrador tiene un deber fiduciario con *toda* la sociedad. No puede comprometerse en un pacto secreto con un grupito de socios sobre cómo va a dirigir la empresa. Sería un claro conflicto de interés.
Diego: Vaya, parece que hay muchas restricciones. ¿No hay ninguna excepción a esa regla?
Valeria: ¡Aquí viene la parte interesante! Sí la hay, y es muy importante. La clave es la unanimidad. Si un pacto lo firman *todos* los socios, sin excepción, las reglas del juego cambian.
Diego: ¿Todos? ¿Como el 100% de ellos?
Valeria: Exacto. Por ejemplo, un pacto para fijar la remuneración de un socio que también es administrador. Normalmente sería un problema, pero si todos los socios están de acuerdo y lo firman, es totalmente válido.
Diego: O sea, es como pedir pizza en una fiesta. Si todos votan por pepperoni, no hay discusión.
Valeria: ¡Exactamente esa es la lógica! La unanimidad legitima el acuerdo, incluso si da beneficios especiales.
Diego: Okay, entonces si no están en los estatutos oficiales de la empresa, ¿qué son realmente? ¿Un acuerdo de palabra?
Valeria: Para nada. Son contratos formales, pero de una categoría especial. Técnicamente se les llama "contratos normativos".
Diego: Suena complicado. ¿Hay una forma fácil de entenderlo?
Valeria: Claro. Imagina que los estatutos de la sociedad son las reglas oficiales del juego. Un pacto de socios es como un libro de jugadas secretas que algunos jugadores acuerdan usar entre ellos.
Diego: Ah, como una estrategia para coordinar sus movimientos. Por ejemplo, acordar votar juntos en las reuniones.
Valeria: Precisamente. O cómo se venderán sus participaciones entre ellos, o incluso aportar más financiamiento si se cumplen ciertas condiciones. Disciplinan su relación dentro de la sociedad.
Diego: Ya veo. Son herramientas poderosas para los socios, pero con límites claros para proteger a la empresa. Ahora, esto me lleva a pensar en los tipos más comunes de cláusulas que encontramos en estos pactos...
Diego: Okay, entonces, si los estatutos son como las reglas oficiales de la sociedad, ¿qué pasa con esos acuerdos que los socios hacen... como por fuera?
Valeria: ¡Esa es la pregunta del millón, Diego! Y nos lleva directo a la diferencia clave entre el contrato social y lo que llamamos un pacto de socios.
Diego: Exacto. Porque el Código de Comercio parece súper estricto. Dice que "los demás pactos que acordaren los socios" tienen que estar en los estatutos. Suena a que si no está ahí, no vale.
Valeria: Totalmente. Artículos como el 351 y 353 refuerzan esa idea, diciendo que no se admitirá prueba contra lo que dice la escritura oficial. Entonces, ¿para qué sirve un pacto por fuera?
Diego: ¡Claro! ¿Es un acuerdo secreto que no tiene validez legal? Suena un poco... inútil.
Valeria: No, para nada. Aquí es donde los abogados se pusieron creativos y empezaron a distinguir entre lo que es "social" y lo que es "parasocial".
Diego: Social y... ¿parasocial? Suena a que uno va a la fiesta y el otro se queda afuera mirando.
Valeria: ¡Es una buena analogía! Piensa en esto: el contrato social, el oficial, son las reglas del juego que todos deben seguir. Son públicas. Obligan a la sociedad, a los administradores, a cualquiera.
Diego: Okay, las reglas del juego.
Valeria: El pacto de socios, el parasocial, es como la estrategia secreta que tú y tu compañero de equipo acuerdan en el vestuario. No cambia las reglas del juego, pero sí coordina cómo van a jugar ustedes dos.
Diego: Ah, ¡ya entendí! En el pacto no puedo decir que mi empresa ahora se dedicará a la exploración espacial si en el contrato oficial dice que vendemos pan.
Valeria: ¡Exactamente! No puedes incluir cláusulas "materialmente estatutarias", o sea, cosas que por su naturaleza deberían estar en las reglas oficiales para que todos las conozcan y acaten. El pacto solo obliga a quienes lo firman.
Diego: Tiene todo el sentido. Pero hay un artículo, el 351 creo, que complica un poco las cosas. Parece que trata estos pactos como si fueran una simple "promesa de sociedad".
Valeria: Sí, esa es una confusión clásica. Pero son cosas muy distintas. Una promesa de sociedad es un contrato para crear un contrato. Suena enredado, pero es simple: nos obligamos a fundar una empresa en el futuro.
Diego: Y una vez que la fundas, la promesa se cumple y desaparece.
Valeria: ¡Eso mismo! Se agota. En cambio, el pacto de socios empieza a funcionar *después* de que la sociedad se crea. Es el acuerdo que guía cómo nos comportaremos como socios de ahí en adelante. Trasciende la creación.
Diego: Entendido. La promesa es el "vamos a hacerlo", y el pacto es el "así lo haremos una vez que exista". Súper claro. Ahora, hablando de cómo se hacen las cosas... ¿qué pasa si un socio no cumple con ese pacto secreto del vestuario?
Diego: Okay, Valeria, eso aclara mucho sobre la estructura de la sociedad anónima. Pero vamos a lo que todos quieren saber: el dinero y el poder. ¿Qué es exactamente una 'acción'?
Valeria: ¡Directo al grano, Diego! Me gusta. Piénsalo así: una acción es como una rebanada del pastel de la empresa. Es un título que dice 'oye, soy dueño de un pedacito de esta compañía'.
Diego: Una rebanada de pastel... me gusta esa analogía. ¿Y esa rebanada me da derechos?
Valeria: ¡Claro! No es solo un papel bonito. Te da un conjunto de derechos. Principalmente, el derecho a una parte de las ganancias, que son los dividendos, y el derecho a votar en las decisiones importantes de la empresa.
Diego: O sea, no solo es ser dueño, sino también tener voz y voto. ¿Y todas las acciones son iguales?
Valeria: Buena pregunta. No, para nada. Hay varias clasificaciones, pero centrémonos en las más comunes. Primero, tenemos las acciones 'pagadas' y las 'suscritas'.
Diego: ¿Pagadas y suscritas? Suena a una cuenta de Netflix.
Valeria: Es parecido. Una acción 'suscrita' es cuando te comprometes a comprarla, como una promesa. Dices 'quiero esta acción y la pagaré'. Tienes hasta tres años para pagarla por completo.
Diego: Y supongo que la 'pagada' es... bueno, ¡la que ya pagaste!
Valeria: ¡Exacto! Una vez que la pagas, es tuya al cien por ciento. Es una acción definitiva. La clave aquí es que aunque no la hayas pagado por completo, si la suscribiste, ya tienes ciertos derechos como accionista.
Diego: Interesante. ¿Hay más tipos? He oído hablar de acciones 'preferidas'. ¿Son como los asientos VIP de la empresa?
Valeria: ¡Justo así! Las acciones 'ordinarias' o 'comunes' son los asientos normales, te dan derechos básicos. Pero las 'preferidas' tienen privilegios especiales. Por ejemplo, pueden darte prioridad para recibir dividendos.
Diego: ¿O sea que si la empresa reparte ganancias, los dueños de acciones preferidas cobran primero?
Valeria: Correcto. También pueden tener preferencia si la empresa se liquida. Pero ojo, a veces este trato VIP tiene un costo: algunas acciones preferidas no tienen derecho a voto. Es un balance de poder y dinero.
Diego: Y, ¿qué son las 'crías' de acción? Suena como si las acciones tuvieran bebés.
Valeria: ¡Es una forma divertida de verlo! Se llaman acciones 'liberadas de pago'. Ocurren cuando la empresa ha tenido muchas ganancias y decide reinvertirlas, o 'capitalizarlas'. En vez de darte dinero, te dan más acciones, a prorrata de las que ya tienes. ¡Tus acciones tuvieron crías!
Diego: ¡Ahora quiero tener crías de acciones! Okay, esto es dentro de las reglas de la empresa. Pero, ¿los accionistas pueden hacer sus propias reglas entre ellos?
Valeria: Totalmente. Y eso nos lleva a un concepto súper importante: los 'pactos de accionistas'. Son contratos privados que un grupo de accionistas firma entre sí, al margen de los estatutos oficiales de la compañía.
Diego: ¿Y para qué harían eso? ¿No basta con los estatutos?
Valeria: A veces no. Imagina que tú y yo fundamos una startup. Queremos asegurarnos de que siempre votaremos juntos en las decisiones clave o que si uno quiere vender sus acciones, el otro tenga la primera opción para comprarlas. Esos acuerdos los ponemos en un pacto.
Diego: Ah, es como un acuerdo pre-nupcial para socios de negocios. Para evitar problemas a futuro.
Valeria: Exactamente esa es la idea. Regulan cómo se manejará la sociedad entre ellos, la confidencialidad, futuros aportes de capital... todo lo que podría ser un punto de conflicto más adelante.
Diego: Entiendo. Entonces, ¿cuál es la gran diferencia entre estos pactos y los estatutos de la empresa?
Valeria: La diferencia clave es a quién obligan. Los estatutos son la ley de la empresa; obligan a TODOS los accionistas, los actuales y los que lleguen en el futuro. No importa si están de acuerdo o no.
Diego: Son las reglas del juego para todos.
Valeria: Eso es. En cambio, un pacto de accionistas solo obliga a quienes lo firmaron. Es un contrato privado. Si un accionista nuevo llega a la empresa, el pacto que firmamos tú y yo no le afecta en nada, a menos que decida unirse a él.
Diego: Tiene todo el sentido del mundo. Es la diferencia entre una ley pública y un acuerdo privado. Esto de los pactos abre una dimensión completamente nueva en la gestión de una empresa.
Valeria: Así es. Permite una flexibilidad que los estatutos, por su naturaleza general, no pueden ofrecer. Y es fundamental para proteger intereses particulares, sobre todo de los minoritarios. Pero claro, estos pactos tienen límites… y no pueden ir contra la ley ni los deberes básicos de, por ejemplo, los directores.
Diego: Y con eso cerramos el tema de los pactos de socios. ¡Qué denso! Pero súper interesante. Para nuestro último tema de hoy, Valeria, tenemos algo que suena a truco de magia: el levantamiento del velo.
Valeria: ¡Totalmente! Es uno de esos conceptos que parecen sacados de una película de abogados, pero es muy real y muy importante. Y sí, es el broche de oro perfecto para nuestra discusión.
Diego: A ver, entonces, ¿qué es exactamente este "velo"? Suena como que las empresas tienen un secreto que esconder.
Valeria: Bueno, a veces sí. Piénsalo así: la ley crea una separación, un "velo", entre una empresa y sus dueños. Si la empresa quiebra, los acreedores no pueden ir a quitarle la casa al dueño. Esa es la responsabilidad limitada.
Diego: Claro, la base de casi todas las sociedades modernas. Es para proteger a los socios y fomentar la inversión.
Valeria: Exacto. Pero... ¿qué pasa cuando alguien usa esa separación para cometer un fraude? Para esconderse detrás de la empresa y no pagar lo que debe. Ahí es donde los jueces dicen: "Un momento, vamos a levantar este velo".
Diego: Ok, necesito un ejemplo práctico. ¿Cómo funciona esto en el mundo real?
Valeria: ¡Tengo el caso perfecto! Imagina esto: una empresa pesquera, llamémosla Tripesca, contrata a una compañía, Ultragas, para que le mueva un muelle flotante de una ciudad a otra.
Diego: Un trabajo bastante específico. Suena caro. Y riesgoso.
Valeria: Lo fue. Porque el muelle se hundió en el camino. ¡Plop! Al fondo del mar.
Diego: ¡No! ¿Y qué pasó? La aseguradora pagó, supongo.
Valeria: Correcto. La aseguradora pagó a Tripesca. Y luego, como es lógico, demandó a la empresa de transporte, Ultragas, para recuperar el dinero. Pero aquí viene lo bueno.
Diego: ¿Qué dijo Ultragas?
Valeria: Ellos respondieron: "Ah, qué pena lo de su muelle, pero nosotros no fuimos".
Diego: ¡¿Cómo que no?! Si ellos firmaron el contrato.
Valeria: Pues dijeron que el contrato en realidad no era con ellos, sino con una *tercera* empresa llamada... Remolcadores Ultragas. Una entidad legal completamente diferente.
Diego: Qué conveniente. Déjame adivinar, ¿esa tercera empresa no tenía ni un peso para pagar?
Valeria: ¡Exactamente! Era una "sociedad de papel", creada para limitar la responsabilidad. Es el clásico truco de usar la estructura legal para evadir obligaciones.
Diego: Esto es fascinante. Entonces, ¿qué hizo la justicia? ¿Se creyó el cuento?
Valeria: Al principio los tribunales inferiores como que no quisieron meterse mucho. Pero cuando el caso llegó a la Corte Suprema, dijeron basta. Decidieron aplicar esta doctrina del "levantamiento del velo".
Diego: ¡Finalmente! Y, ¿en qué se basaron para hacerlo?
Valeria: La Corte fue muy clara. Dijo que este principio de separación entre la empresa y sus dueños no es absoluto. No puede usarse para cometer abusos o fraudes.
Diego: Es decir, si usas la ley para hacer trampa, la misma ley te puede quitar esa protección.
Valeria: ¡Esa es la idea! La Corte identificó que Ultragas era dueña del 99,9% de la otra empresa y que ambas usaban el mismo nombre de fantasía. Era obvio que eran la misma cosa, un solo centro de poder. Eran el "alter ego" la una de la otra.
Diego: O sea, la realidad económica le ganó a la ficción legal. Me encanta.
Valeria: Precisamente. La Corte privilegió los principios de "supremacía de la realidad" y "buena fe". No puedes actuar como una sola empresa para todo, y luego decir que eres tres empresas distintas cuando te conviene.
Diego: Suena como una decisión justa y de sentido común. ¿Hay alguna crítica a este fallo?
Valeria: Sí, y es una crítica constructiva. El autor del texto que analizamos dice dos cosas. Primero, que la Corte se basó en conceptos un poco amplios como "abuso del derecho" o "fraude a la ley".
Diego: ¿Y eso es malo?
Valeria: No es malo, pero es... vago. El autor sugiere que se podrían usar principios más concretos, como la equidad o el enriquecimiento sin causa, para tener una base más sólida.
Diego: Entiendo. Tener reglas más claras.
Valeria: Exacto. Y esa es la segunda crítica: el fallo no creó un "test" o una guía clara para que otros jueces sepan cuándo y cómo levantar el velo en el futuro. Hay un riesgo de que se aplique de forma arbitraria si no hay pautas precisas.
Diego: Claro, no quieres que cada juez decida según su propio criterio. Necesitas consistencia.
Valeria: Justamente. Pero a pesar de esas críticas, el fallo es considerado un gran avance. Es una sentencia novedosa, valiente y, sobre todo, justa, que abrió una puerta muy necesaria en el derecho chileno.
Diego: Entonces, para resumir nuestro viaje de hoy... el levantamiento del velo es una herramienta judicial para ignorar la separación legal de una empresa y sus dueños...
Valeria: ...cuando esa separación se usa de forma abusiva o fraudulenta para perjudicar a otros, como acreedores.
Diego: La Corte Suprema en Chile lo aplicó en un caso donde un grupo de empresas relacionadas intentó usar una "sociedad de papel" para no responder por un muelle hundido. ¡Casi les funciona!
Valeria: ¡Casi! Pero la justicia finalmente miró detrás del velo para ver la realidad. Y eso sienta un precedente súper importante para el futuro.
Diego: Absolutamente. Y con esa nota sobre justicia y transparencia, cerramos el episodio de hoy de Studyfi Podcast. Valeria, como siempre, un placer aprender contigo.
Valeria: El placer es mío, Diego. ¡Gracias a todos por escucharnos!
Diego: No olviden seguirnos y repasar estos conceptos en sus apuntes. ¡Nos oímos en el próximo episodio!