Resumen de El Estado y las Instituciones Políticas
El Estado y las Instituciones Políticas: Guía Completa
Introducción
El Derecho del mar regula las zonas marítimas y los derechos que los Estados ejercen sobre ellas: mar territorial, zona contigua, zona económica exclusiva y plataforma continental. Este material explica cada figura, su extensión, competencias y ejemplos prácticos relevantes para el estudio autónomo.
Conceptos fundamentales
Definición: El mar territorial es la franja marítima adyacente a las costas sobre la que el Estado ejerce plena soberanía.
Definición: La zona contigua es el espacio marítimo adyacente al mar territorial donde el Estado puede prevenir y sancionar infracciones de determinadas materias.
Definición: La zona económica exclusiva (ZEE) es el espacio hasta 200 millas marinas desde la línea de base donde el Estado tiene derechos para explorar y explotar recursos económicos.
Definición: La plataforma continental comprende el lecho y subsuelo del mar adyacente que se prolonga desde el territorio hasta el borde exterior del margen continental o hasta 200 millas, con posibilidad de extenderse hasta 350 millas en casos excepcionales.
Líneas de base
- Línea de la marea más baja a lo largo de la costa es la regla general para medir las anchuras.
- Excepciones: bahías, costas muy desmembradas y archipiélagos donde se usan líneas de base rectas.
Zonas marítimas: descripción y competencias
1) Mar territorial (12 millas)
- Extensión: hasta 12 millas marinas desde las líneas de base.
- Competencias: plena soberanía del Estado; su derecho interno se aplica plenamente, respetando normas internacionales como el paso inocente de buques.
- Ejemplo práctico: un Estado puede aplicar su código penal a delitos cometidos a bordo de un buque estatal dentro de su mar territorial.
2) Zona contigua (hasta 24 millas)
- Extensión: hasta 24 millas marinas desde las líneas de base.
- Competencias limitadas: prevención y sanción de infracciones aduaneras, fiscales, de inmigración y sanitarias.
- Ejemplo práctico: una patrulla costera puede detener y sancionar embarcaciones por contrabando detectado en esta zona.
3) Zona económica exclusiva (ZEE, 200 millas)
- Extensión: hasta 200 millas marinas desde las líneas de base.
- Derechos del Estado: explorar, explotar, conservar y administrar los recursos vivos y no vivos de las aguas suprayacentes, el lecho y su subsuelo; desarrollar actividades económicas.
- Limitaciones: no es plena soberanía territorial como en el mar territorial; otros Estados conservan libertad de navegación y sobrevuelo.
- Ejemplo práctico: licencia estatal para pescar especies comerciales o concesión para explotación de minerales en el lecho.
4) Plataforma continental
- Extensión: el lecho y subsuelo adyacente; se extiende hasta el borde exterior del margen continental o hasta 200 millas; en casos excepcionales puede alcanzar 350 millas.
- Derechos: soberanía sobre los recursos del lecho y subsuelo (hidrocarburos, minerales), independientemente de la presencia de recursos en la columna de agua.
- Ejemplo práctico: concesiones para exploración y extracción de petróleo o minerales polimetálicos en el zócalo continental.
Comparación de zonas (tabla)
| Zona | Extensión | Derechos principales | Límites a terceros |
|---|---|---|---|
| Mar territorial | 12 millas | Plena soberanía; derecho interno aplica | Paso inocente de buques |
| Zona contigua | Hasta 24 millas | Prevención y sanción (aduanas, fiscal, inmigración, sanitaria) | Competencia limitada |
| ZEE | Hasta 200 millas | Derechos exclusivos para recursos vivos/no vivos y actividades económicas | Libertad de navegación y sobrevuelo para |
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Derecho del Mar: Zonas Marítimas
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Klíčové pojmy: Mar territorial: 12 millas; plena soberanía del Estado, Líneas de base: regla general es la marea más baja; excepciones permiten bases rectas, Zona contigua: hasta 24 millas; competencia para prevenir y sancionar infracciones aduaneras, fiscales, de inmigración y sanitarias, ZEE: hasta 200 millas; derechos exclusivos para explorar y explotar recursos vivos y no vivos, Plataforma continental: lecho y subsuelo; hasta 200 millas o 350 en casos excepcionales según art. 76, Chile fue pionero en declarar ZEE de 200 millas en 1947 y ello influyó en la Convención de 1982, Diferencia clave: soberanía plena en mar territorial vs. derechos económicos limitados en ZEE, Conflicto doctrinal: ZEE como parte de alta mar o categoría sui generis, Plataforma continental puede basarse en criterio geológico o de distancia, Otros Estados mantienen libertad de navegación y sobrevuelo en ZEE