Tarjetas de Derecho Tributario Argentino: Fundamentos y Delitos

Derecho Tributario Argentino: Fundamentos, Delitos y SEO

1 / 61

Según el texto, ¿qué es lo que tipifica la ley penal tributaria: la personalidad del autor o la conducta?

La ley tipifica la conducta; se prohíbe el acto de evasión, no la personalidad del autor.

Toca para girar · Desliza para navegar

Delitos tributarios - evasión y fraude

61 tarjetas

Tarjeta 1

Pregunta: Según el texto, ¿qué es lo que tipifica la ley penal tributaria: la personalidad del autor o la conducta?

Respuesta: La ley tipifica la conducta; se prohíbe el acto de evasión, no la personalidad del autor.

Tarjeta 2

Pregunta: ¿Dónde debe buscarse la individualización de la conducta penalmente prohibida en materia de evasión?

Respuesta: En la letra de la ley; el tipo legal describe la individualización de la conducta humana punible.

Tarjeta 3

Pregunta: ¿Qué elementos exige la norma para que exista evasión tributaria?

Respuesta: La evasión total o parcial del tributo mediante conductas individualizadas como declaraciones engañosas, ocultaciones maliciosas o cualquier otro ardi

Tarjeta 4

Pregunta: ¿Qué se entiende por “ardid” en el contexto de la evasión tributaria?

Respuesta: El despliegue de artificios o maniobras disimuladoras de la realidad que sean idóneos para burlar al fisco.

Tarjeta 5

Pregunta: ¿Qué requisito esencial debe tener un ardid para constituir evasión?

Respuesta: Debe ser idóneo, es decir, tener aptitud suficiente para burlar al fisco.

Tarjeta 6

Pregunta: ¿Cómo define el texto el “engaño” en los delitos tributarios?

Respuesta: Es la aserción por palabras o actos, expresa o implícita, de que es verdadero lo que se sabe que es falso; no basta una mentira simple y fácilmente de

Tarjeta 7

Pregunta: ¿Cuáles son las tres visiones que describe el texto sobre la elusión tributaria?

Respuesta: 1) Conducta lícita tolerada (economía de opción). 2) Transgresión indirecta que evita el hecho imponible (in fraude legis). 3) Violación de la ley tri

Tarjeta 8

Pregunta: ¿En qué hay consenso respecto al medio empleado en la elusión tributaria?

Respuesta: Que se usan formas jurídicas con algún nivel de anomalía: producen un resultado económico idéntico al gravado pero fueron establecidas con una finalid

Tarjeta 9

Pregunta: ¿Qué diferencia hace el texto entre elusión y evasión penalmente reprochable?

Respuesta: La ley penal tributaria no reprime la economía de opción ni la elusión, sino la evasión entendida como conducta defraudadora para sustraerse al pago d

Tarjeta 10

Pregunta: ¿Qué elementos configuran el “delito de daño” por evasión según el texto?

Respuesta: Verificado el hecho jurídico que genera la obligación tributaria, con conocimiento cierto de ello, existe intención mediante declaraciones engañosas,