Derecho Procesal Laboral Chileno: Guía y Análisis SEO
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Pregunta: ¿Cuál es la jornada máxima semanal para trabajadores de casa particular que no vivan en la casa del empleador según la Ley 21.561 (art.149 CT)?
Respuesta: No podrá exceder de cuarenta horas semanales, pudiendo distribuirse en un máximo de seis días.
Pregunta: ¿Qué posibilidad existe si la jornada semanal de trabajadores de casa particular llega hasta 30 horas según el art.149 CT modificado?
Respuesta: Las partes pueden acordar por escrito hasta un máximo de 12 horas semanales adicionales (no acumulables a otras semanas), pagadas con recargo no infer
Pregunta: ¿Cuál es el límite máximo del período entre inicio y término de labores, considerando jornada y descanso dentro de ella, para trabajadores de casa par
Respuesta: En ningún caso podrá exceder de doce horas continuas.
Pregunta: ¿Qué regla se establece para la distribución de la jornada en cuanto al número de días?
Respuesta: La jornada podrá distribuirse hasta en un máximo de seis días.
Pregunta: ¿Qué descanso mínimo absoluto deben tener normalmente los trabajadores de casa particular que vivan en la casa del empleador?
Respuesta: Un descanso absoluto mínimo de 12 horas diarias.
Pregunta: ¿Cuál debe ser, normalmente, el descanso ininterrumpido entre el término de una jornada diaria y el inicio de la siguiente para trabajadores de casa p
Respuesta: Normalmente un mínimo de 9 horas.
Pregunta: Según la nueva redacción del art.150 CT, ¿qué día tienen derecho a descanso semanal los trabajadores de casa particular?
Respuesta: Tendrán derecho a descanso semanal los días domingo.
Pregunta: Según el art.150 CT, ¿qué ocurre con los descansos los días sábado para los trabajadores?
Respuesta: Tendrán derecho a descanso los días sábado, que de común acuerdo pueden acumularse, fraccionarse o intercambiarse por otros días de la semana; si se a
Pregunta: ¿Qué regla aplica a los días festivos según el art.150 del Código del Trabajo modificado?
Respuesta: Tendrán derecho a descanso todos los días que la ley declare festivos; las partes pueden pactar por escrito que el descanso se efectúe en un día disti
Pregunta: ¿Qué derecho nuevo sobre días de libre disposición establece el art.150 CT?
Respuesta: Tendrán derecho a dos días de libre disposición en cada mes calendario, remunerados, que permiten ausentarse y no pueden compensarse en dinero; pueden