Resumen de Derecho Notarial y la Función del Notario

Derecho Notarial y Función del Notario: Guía Completa para Estudiantes

Introducción

La regulación del notariado en el Distrito Federal organiza cómo intervienen el Poder Ejecutivo y las autoridades administrativas en la función notarial, las atribuciones y limitaciones de los notarios, y los mecanismos de vigilancia, ausencias y sanciones. Este material sintetiza las responsabilidades del gobierno, las facultades de control y las reglas prácticas que afectan a los notarios en el ejercicio de su cargo.

Definición: Autoridad competente: la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, por sí o a través de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos y sus direcciones competentes, encargada de la supervisión y decisión en materia notarial.

1. Intervención del Poder Ejecutivo en el notariado

1.1 Competencias del Jefe de Gobierno

  • Expedir patentes de notario y patentes de aspirantes.
  • Autorizar la creación de nuevas notarías mediante decreto.
  • Nombrar al presidente del jurado en exámenes de aspirante y oposición, quien dará a conocer al triunfador.
  • Firmar resoluciones de cese de notarios y resolver recursos de inconformidad contra sus propias resoluciones.

1.2 Funciones de la Consejería Jurídica y la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos

  • Someter al Jefe de Gobierno propuestas para otorgar patentes.
  • Establecer lineamientos técnico-jurídicos para aplicar y supervisar la normativa notarial.
  • Recibir, tramitar, sustanciar y resolver quejas contra notarios.
  • Aplicar disposiciones legales en materia de notariado y vigilar su cumplimiento.

Definición: Vigilancia notarial: conjunto de acciones administrativas realizadas por la autoridad competente para comprobar el correcto ejercicio de la función notarial.

2. Autoridades competentes: funciones prácticas

Tabla comparativa de responsabilidades principales:

Autoridad / ActorFunciones claveResultado práctico
Jefe de GobiernoExpide patentes, autoriza notarías, firma cesesControl final sobre nombramientos y remociones
Consejería Jurídica / Dirección GeneralLineamientos, quejas, supervisiónGestión técnica y legal del sistema notarial
Inspectores de notaríasVisitas, inspección, denuncia si hay delitoDetección de irregularidades y apoyo en sanciones

2.1 Acciones administrativas específicas

  • Coordinar y vigilar la función notarial.
  • Requerir a notarios para asuntos de orden público o interés social.
  • Informar al Colegio de Notarios cuando existan deficiencias en el servicio.
  • Clausurar oficinas que se ostenten como notarías sin notario titulado.
  • Publicar convocatorias para examen de oposición.
  • Registrar el sello y firma del notario.
  • Formular denuncia cuando una visita revela posible delito.
💡 ¿Sabías que?Fun fact: ¿Sabías que la autoridad puede clausurar una oficina que se ostente como notaría si no está atendida por un notario del Distrito Federal?

3. Atribuciones, asociaciones y actos del notario (marco administrativo)

Definición: Asociación de notarios: convenio formal entre notarios para actuar de manera asociada en protocolos y administración de actos profesionales.

3.1 Atribuciones generales (resumen administrativo)

  • Actuar como asesor y dar fe pública (en el ámbito administrativo de sus funciones).
  • Reproducir y dar fe de instrumentos otorgados en su protocolo.
  • Ejercer funciones complementarias como auxiliar de la administración de justicia o árbitro (las tarifas de árbitro se rigen por normativa aplicable cuando corresponda).

3.2 Asociación entre notarios

  • Pueden asociarse hasta tres notarios.
  • Los asociados pueden actuar indistintamente en un mismo protocolo; se usará el protocolo del notario más antiguo.
  • La asociación y su disolución deben registrarse y publicarse una vez en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
  • La asociación puede terminar por acuerdo; si termina, cada notario continúa en su propio protocolo.
  • Notarios asociados no pueden simultáneamente celebrar convenios de suplencia mientras la
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Regulación del Notariado - Estado y Control

Klíčová slova: Instrumentos notariales, Derecho notarial, Escrituras notariales, Actos notariales, Regulación de Notarías y Oficinas, Funciones del notario, Regulación del Notariado

Klíčové pojmy: La Consejería Jurídica y la Dirección General proponen y aplican lineamientos para patentes, El Jefe de Gobierno expide patentes y firma ceses de notarios, Autoridad competente publica convocatorias y registra sellos y firmas, Inspectores realizan visitas, clausuran oficinas ilegales y denuncian delitos, Notarios pueden asociarse hasta tres, usar protocolo del más antiguo y registrar acuerdos, Ausencia hasta 30 días requiere aviso escrito a Dirección General y Colegio, Licencia hasta un año es renunciable y se consulta al Colegio de Notarios, Suspensión temporal por prisión, incapacidad o sanción administrativa, Reincidencia en faltas puede generar suspensión hasta un año, Cesación definitiva por muerte, renuncia o remoción por faltas graves, Colegio de Notarios coadyuva en vigilancia y recibe comunicados de deficiencias, Asociados no pueden celebrar convenios de suplencia mientras la asociación esté vigente

## Introducción La regulación del notariado en el Distrito Federal organiza cómo intervienen el Poder Ejecutivo y las autoridades administrativas en la función notarial, las atribuciones y limitaciones de los notarios, y los mecanismos de vigilancia, ausencias y sanciones. Este material sintetiza las responsabilidades del gobierno, las facultades de control y las reglas prácticas que afectan a los notarios en el ejercicio de su cargo. > **Definición:** Autoridad competente: la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, por sí o a través de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos y sus direcciones competentes, encargada de la supervisión y decisión en materia notarial. ## 1. Intervención del Poder Ejecutivo en el notariado ### 1.1 Competencias del Jefe de Gobierno - Expedir patentes de notario y patentes de aspirantes. - Autorizar la creación de nuevas notarías mediante decreto. - Nombrar al presidente del jurado en exámenes de aspirante y oposición, quien dará a conocer al triunfador. - Firmar resoluciones de cese de notarios y resolver recursos de inconformidad contra sus propias resoluciones. ### 1.2 Funciones de la Consejería Jurídica y la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos - Someter al Jefe de Gobierno propuestas para otorgar patentes. - Establecer lineamientos técnico-jurídicos para aplicar y supervisar la normativa notarial. - Recibir, tramitar, sustanciar y resolver quejas contra notarios. - Aplicar disposiciones legales en materia de notariado y vigilar su cumplimiento. > **Definición:** Vigilancia notarial: conjunto de acciones administrativas realizadas por la autoridad competente para comprobar el correcto ejercicio de la función notarial. ## 2. Autoridades competentes: funciones prácticas Tabla comparativa de responsabilidades principales: | Autoridad / Actor | Funciones clave | Resultado práctico | |---|---:|---| | Jefe de Gobierno | Expide patentes, autoriza notarías, firma ceses | Control final sobre nombramientos y remociones | | Consejería Jurídica / Dirección General | Lineamientos, quejas, supervisión | Gestión técnica y legal del sistema notarial | | Inspectores de notarías | Visitas, inspección, denuncia si hay delito | Detección de irregularidades y apoyo en sanciones | ### 2.1 Acciones administrativas específicas - Coordinar y vigilar la función notarial. - Requerir a notarios para asuntos de orden público o interés social. - Informar al Colegio de Notarios cuando existan deficiencias en el servicio. - Clausurar oficinas que se ostenten como notarías sin notario titulado. - Publicar convocatorias para examen de oposición. - Registrar el sello y firma del notario. - Formular denuncia cuando una visita revela posible delito. Fun fact: ¿Sabías que la autoridad puede clausurar una oficina que se ostente como notaría si no está atendida por un notario del Distrito Federal? ## 3. Atribuciones, asociaciones y actos del notario (marco administrativo) > **Definición:** Asociación de notarios: convenio formal entre notarios para actuar de manera asociada en protocolos y administración de actos profesionales. ### 3.1 Atribuciones generales (resumen administrativo) - Actuar como asesor y dar fe pública (en el ámbito administrativo de sus funciones). - Reproducir y dar fe de instrumentos otorgados en su protocolo. - Ejercer funciones complementarias como auxiliar de la administración de justicia o árbitro (las tarifas de árbitro se rigen por normativa aplicable cuando corresponda). ### 3.2 Asociación entre notarios - Pueden asociarse hasta tres notarios. - Los asociados pueden actuar indistintamente en un mismo protocolo; se usará el protocolo del notario más antiguo. - La asociación y su disolución deben registrarse y publicarse una vez en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. - La asociación puede terminar por acuerdo; si termina, cada notario continúa en su propio protocolo. - Notarios asociados no pueden simultáneamente celebrar convenios de suplencia mientras la