Test sobre Delitos contra la vida e integridad física en Chile

Delitos contra la Vida e Integridad Física en Chile: Guía Completa

Pregunta 1 de 50%

La agravante por formar parte de una organización o agrupación, según el Art. 449 bis, se aplica cuando el autor es parte de un grupo de dos o más personas destinado a cometer delitos y dicha agrupación no constituye una asociación criminal o delictiva.

Test: Homicidio y delitos contra la vida, Fundamentos y derecho penal sustantivo, Femicidio e infanticidio y derecho penal, Suicidio, eutanasia y omisión de socorro, Aborto y delitos relacionados, Lesiones y maltrato - responsabilidad penal, Tortura y responsabilidad estatal, Delitos contra la libertad y secuestro, Protección y delitos contra menores, Delitos sexuales (adultos y menores) — violación y abuso, Delitos sexuales (adultos y menores) — consentimiento y coerción, Delitos sexuales (adultos y menores) — legislación y responsabilidad, Delitos sexuales (adultos y menores) — delitos complejos y concurrencia, Delitos sexuales (adultos y menores) — agravantes y penas, Delitos sexuales (adultos y menores) — protección de menores, Trata y tráfico de personas, Delitos de migración y facilitación, Trata y explotación de personas, Aspectos penales de trata y tráfico, Delitos contra la propiedad, Hurto y apropiación, Robo: modalidades y lugares, Robo con violencia e intimidación y agravados, Circunstancias, agravantes y responsabilidad penal, Estafa y delitos económicos, Apropiación indebida y administración, Administración desleal y cotizaciones, Delitos patrimoniales y contra la propiedad

20 preguntas

Pregunta 1: La agravante por formar parte de una organización o agrupación, según el Art. 449 bis, se aplica cuando el autor es parte de un grupo de dos o más personas destinado a cometer delitos y dicha agrupación no constituye una asociación criminal o delictiva.

A. Ano

B. Ne

Explicación: El Art. 449 bis establece la agravante cuando el autor forma parte de una agrupación u organización de dos o más personas destinada a cometer estos delitos. La agravación solo procede cuando la agrupación no constituye asociación criminal o delictiva.

Pregunta 2: ¿Cuál es la razón principal por la que la agravante de 'ejercer la violencia en las personas que intervengan en defensa de la víctima', establecida en el Art. 456 bis Nº 4, tiene escasa aplicación práctica?

A. Porque solo se aplica en delitos distintos al robo con violencia.

B. Debido a que la violencia para favorecer la impunidad ya forma parte de la estructura típica del robo con violencia.

C. Porque requiere que los defensores sean agentes de la autoridad.

D. Ya que el Art. 453 impide su aplicación en cualquier circunstancia.

Explicación: La agravante de ejercer violencia contra las personas que intervengan en defensa de la víctima posee escasa aplicación práctica porque la violencia destinada a favorecer la impunidad ya integra la estructura típica del robo con violencia. Conforme al Art. 453, el robo con violencia desplaza las figuras menos graves inicialmente configuradas.

Pregunta 3: La disposición patrimonial en el delito de estafa puede consistir en la omisión de una acción por parte del engañado, como no rechazar oportunamente una factura.

A. Ano

B. Ne

Explicación: La disposición patrimonial perjudicial puede consistir en omitir una acción, y entre los ejemplos de esta omisión se menciona expresamente el no rechazar oportunamente una factura.

Pregunta 4: ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto al elemento subjetivo y la culpabilidad en el delito de estafa, según el material de estudio?

A. El legislador exige estrictamente el ánimo de lucro, sin permitir otras finalidades compatibles con el provecho patrimonial.

B. La estafa no puede imputarse a título de dolo eventual, ya que se requiere la exigencia de obtener un provecho patrimonial para sí o para un tercero.

C. Si el agente creía estar transmitiendo información verdadera, aunque esta fuera falsa, el delito de estafa se configura de igual manera.

D. El elemento subjetivo de obtener provecho patrimonial se satisface únicamente cuando se busca un beneficio económico directo para el agente.

Explicación: El material de estudio indica que la exigencia de obtener un provecho patrimonial para sí o para un tercero excluye la posibilidad de imputar la estafa a título de dolo eventual. Además, no hay delito cuando puede acreditarse que el propio agente creía estar transmitiendo información verdadera. El legislador no exige estrictamente ánimo de lucro, sino provecho patrimonial, lo que permite incluir el incremento del patrimonio de corporaciones o fundaciones sin fines de lucro, entre otras finalidades compatibles.

Pregunta 5: La distracción, en el contexto de la apropiación indebida, se manifiesta exclusivamente a través de actos de disposición como la venta o enajenación del bien entregado en confianza.

A. Ano

B. Ne

Explicación: La distracción consiste en aplicar la cosa, con ánimo de dueño, a usos propios o ajenos. Los actos de disposición como la venta o enajenación son manifestaciones de la apropiación, no de la distracción.