Constitución de Bancos en Bolivia: Leyes y Requisitos Esenciales
Toca para girar · Desliza para navegar
16 tarjetas
Pregunta: ¿Qué tipo de sociedades se consideran los bancos cuando se constituyen por la Ley 393?
Respuesta: Sociedades anónimas.
Pregunta: ¿Qué forma toman las acciones en los bancos (tipos mencionados)?
Respuesta: Acciones ordinarias y nominativas (solo ordinarias en bancos, todas iguales y con nombre del accionista registrado).
Pregunta: ¿Cuántos socios accionistas fundadores mínimos requiere un banco múltiple?
Respuesta: Mínimo 5 socios accionistas fundadores (personas naturales o jurídicas).
Pregunta: ¿Qué palabra debe ser la primera en la razón social o denominación de un banco múltiple?
Respuesta: La primera palabra debe ser "BANCO".
Pregunta: ¿Cómo debe denominarse específicamente un banco PYME?
Respuesta: Debe contener exactamente "BANCO PYME" en su denominación.
Pregunta: ¿Qué diferencia se señala entre denominación y razón social?
Respuesta: Denominación indica el giro específico (ej. Pastelería), y la razón social es el nombre que identifica a la empresa; en la denominación del banco debe
Pregunta: ¿Cuál es el capital mínimo exigido para constitución de bancos múltiples según el texto?
Respuesta: 30,000,000 UFV.
Pregunta: ¿Cuál es el capital mínimo exigido para constitución de bancos PYME según el texto?
Respuesta: 18,000,000 UFV.
Pregunta: Según el contenido, qué significado tenía la Ley 1482 en el contexto del capital mínimo anterior?
Respuesta: Antes (Ley 1482) los bancos se constituían con un mínimo de 5,500,000 DEG (Derecho Especial de Giro).
Pregunta: ¿Qué tres momentos administrativos/contables se describen para la venta de una acción?
Respuesta: Autorización (contable, 1 asiento), Emisión (administrativo, no contable), Suscripción (contable, 2 asientos).