Resumen de Responsabilidad Civil y Comercial Contractual
Responsabilidad Civil y Comercial Contractual: Guía Completa
Introducción
La responsabilidad precontractual regula las consecuencias jurídicas cuando, durante la etapa previa a la celebración de un acuerdo, una parte actúa contrariamente a deberes mínimos de conducta y causa daño a la otra. Aunque las partes conservan la libertad de no contratar, esa libertad debe ejercerse con buena fe y respetando deberes como información, colaboración y confidencialidad.
Definición: La responsabilidad precontractual es la obligación de reparar el daño causado por el incumplimiento de deberes de conducta surgidos durante las tratativas previas a un contrato.
¿Por qué importa esta etapa?
- La etapa precontractual es el proceso comunicativo que comienza con el primer contacto entre potenciales contratantes.
- Las expectativas generadas pueden implicar gastos, pérdida de oportunidades y daño moral si una parte actúa de forma abusiva o desleal.
Fundamentos doctrinales e histórica
Ihering y la culpa in contrahendo
- Von Ihering introdujo el concepto de culpa in contrahendo para sancionar el apartamiento arbitrario o intempestivo durante la formación del consentimiento.
Fagella y la responsabilidad precontractual
- Amplía la doctrina para incluir las meras tratativas y afirma que la responsabilidad en esa etapa es contractual por violación del acuerdo tácito de negociar con lealtad.
Posición del Código Civil y Comercial de la Nación (CCCN)
- La etapa precontractual comienza con el primer “contacto” y culmina con la celebración del contrato conforme al artículo 971 del CCyC.
- El art. 991 del CCyC establece el deber de buena fe durante las tratativas preliminares y la obligación de indemnizar los daños sufridos por quien confió, sin culpa, en la celebración del contrato.
Definición: Deber de buena fe (art. 991 CCyC) — Durante las tratativas preliminares, las partes deben obrar de buena fe para no frustrarlas injustificadamente; su incumplimiento obliga a resarcir el daño que sufra el afectado por haber confiado, sin culpa, en la celebración del contrato.
Elementos de la responsabilidad precontractual
- Antijuridicidad de la conducta
- Violación del principio de buena fe.
- Deberes concretos: información, colaboración, custodia, brindar seguridad, lealtad, confidencialidad, retirarse de manera objetiva y tempestiva.
- Factor de atribución
- Título: doloso o culposo (subjetivo). El CCyC prioriza la imputación subjetiva.
- Relación de causalidad
- Se aplica la teoría de la causalidad adecuada: el comportamiento debe haber sido causa adecuada del daño.
- Daño
- Debe existir daño patrimonial o moral derivado de la frustración de la negociación.
Tipos de daño relevantes
- Daño patrimonial por expectativas económicas: pérdida de ventaja esperada por la celebración del negocio.
- Daño emergente: pérdidas efectivas (gastos, costos), presentes o futuros; por ejemplo, dejar de contratar con un tercero.
- Pérdida de chance: cuando la negociación ya estaba avanzada y la frustración impide una oportunidad probable de obtener un beneficio.
- Daño moral: especialmente en casos de divulgación de información confidencial o conducta abusiva.
Definición: Pérdida de chance — Daño indemnizable cuando la frustración de la negociación reduce la probabilidad de obtener un beneficio económico concreto, siempre que exista causalidad adecuada.
Deber de confidencialidad
- Si una parte facilita información con carácter confidencial, la receptora debe no revelarla ni usarla indebidamente.
- Incumplimiento genera obligación de reparar el daño y, si hubo enriquecimiento indebido por la información, indemnizar en la medida de ese enriquecimiento.
Ejemplos prácticos
- Compra de un auto
- Supuesto: el comprador pide un 0 km, marca Peugeot, con airbag y el vendedor afirma que el vehículo c
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Responsabilidad precontractual
Klíčové pojmy: La responsabilidad precontractual sanciona violaciones al deber de buena fe en tratativas., Art. 991 CCyC: obligación de obrar de buena fe durante las tratativas preliminares., Elementos requeridos: antijuridicidad, factor de atribución subjetivo, causalidad adecuada y daño., Deberes principales: información, colaboración, custodia, seguridad, lealtad y confidencialidad., Incumplimiento de confidencialidad obliga a reparar daño e indemnizar por enriquecimiento indebido., Daños indemnizables: gasto efectivo, pérdida de chance, daño patrimonial y daño moral., La imputación suele ser por dolo o culpa; la causalidad se evalúa según la teoría de la causalidad adecuada., La intensidad del deber de no retirarse aumenta a medida que avanzan las negociaciones.