Tarjetas de Jueces de Letras y Tribunales de Excepción en Chile
Jueces de Letras y Tribunales de Excepción en Chile: Guía Completa
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Competencia judicial (Jueces de Letras y Tribunales Unipersonales)
16 tarjetas
Tarjeta 1
Pregunta: ¿Qué competencia tienen los Jueces de Letras en razón de la materia respecto de las causas de minas?
Respuesta: Conocen en primera instancia las causas de minas cualquiera sea su cuantía; se consideran aquellas en que se ventilan derechos regidos especialmente p
Tarjeta 2
Pregunta: ¿Cuándo conocen los Jueces de Letras las causas del trabajo y de familia?
Respuesta: Conocen de las causas del trabajo y de familia cuando no existieren en el lugar juzgados de letras del trabajo y de familia (competencia en razón de l
Tarjeta 3
Pregunta: ¿Qué son los juicios de Hacienda y quiénes los conocen en primera instancia?
Respuesta: Son juicios en que tiene interés el Fisco y cuya decisión está entregada a los Tribunales Ordinarios de Justicia; los Jueces de Letras conocen de ello
Tarjeta 4
Pregunta: ¿Qué juicios sobre posesión conocen los Jueces de Letras en razón de la materia?
Respuesta: Conocen de los juicios sobre interdictos posesorios (art. 143 del C.O.T.).
Tarjeta 5
Pregunta: ¿Qué competencia tienen los Jueces de Letras respecto de la distribución de aguas?
Respuesta: Conocen en primera instancia de los juicios de distribución de aguas (art. 144 del C.O.T.).
Tarjeta 6
Pregunta: ¿Qué procedimientos concursales conocen los Jueces de Letras?
Respuesta: Conocen los juicios relativos a procedimientos concursales de reorganización o de liquidación entre el deudor y los acreedores (art. 131 Nº2 del C.O.T
Tarjeta 7
Pregunta: ¿Qué juicios sobre derechos de goce conocen los Jueces de Letras?
Respuesta: Conocen juicios sobre derechos de goce de rédito sobre capital acensuado (art. 131 Nº1 del C.O.T.).
Tarjeta 8
Pregunta: ¿Qué referencia normativa indica el fuero menor para los Jueces de Letras?
Respuesta: El fuero (Menor) se remite al art. 45 Nº2 g) del C.O.T. (competencia en razón del fuero).
Tarjeta 9
Pregunta: ¿Qué establecen los arts. 50 a 53 del C.O.T. respecto a los Tribunales Unipersonales de Excepción?
Respuesta: Son los preceptos que regulan fundamentalmente a los Tribunales Unipersonales de Excepción; componen el Título IV del C.O.T. (fuentes legales).
Tarjeta 10
Pregunta: ¿Cómo se define un Tribunal Unipersonal de Excepción?
Respuesta: Es un tribunal ordinario, unipersonal, letrado, de derecho y accidental, que ejerce facultades en primera instancia sobre asuntos que la ley le encomi