Foucault: La Experticia Psiquiátrica y el Derecho Penal

Explora el análisis de Foucault sobre la experticia psiquiátrica y el derecho penal, la evolución de la justicia y la genealogía del anormal. ¡Comprende su crítica!

Michel Foucault, en su curso "Los Anormales" de 1974-1975, analiza profundamente la experticia psiquiátrica y el derecho penal, revelando cómo los discursos psiquiátricos en el sistema judicial, a menudo risibles, poseen el poder institucional de determinar el destino de las personas. Este análisis no solo cuestiona la validez de estas pericias, sino que también desvela una genealogía del poder de normalización que ha transformado la justicia penal a lo largo de los siglos.

La Experticia Psiquiátrica y el Derecho Penal: Una Mirada Crítica

Foucault inicia su exposición leyendo ejemplos de informes psiquiátricos que datan de 1955 y 1974, calificándolos de discursos "grotescos" o "ubuescos". Estos textos, a pesar de su naturaleza cuestionable, tienen el poder de influir en fallos judiciales que afectan la libertad e incluso la vida de un individuo. Su autoridad se deriva de su supuesto estatus científico, aunque a menudo carecen de rigor y se desvían de las reglas jurídicas y científicas. Foucault se pregunta cómo discursos tan paradójicos se han arraigado en el corazón de nuestra institución judicial.

Para entender el contexto de la experticia psiquiátrica, Foucault retrocede a la evolución de la verdad judicial. A fines del siglo XVIII, el derecho penal utilizaba la prueba legal, un sistema escolástico y aritmético donde la culpabilidad se determinaba por una jerarquía de pruebas (completas, semiplenas, indicios) que se sumaban para alcanzar un mínimo de condena. Incluso existía la idea de penas proporcionales a la cantidad de pruebas reunidas: a "tres cuartos de prueba, tres cuartos de castigo". Este sistema fue objeto de críticas e ironías por parte de reformadores como Voltaire y Beccaria.

En oposición a este sistema, surgió el principio de la íntima convicción a fines del siglo XVIII, con dos significados históricos precisos:

  1. Certeza total para la condena: Ya no debía haber proporcionalidad entre la demostración y la pena. Una condena solo era legítima con una prueba total, completa y exhaustiva de la culpabilidad. El juez solo debía condenar cuando estuviera "íntimamente persuadido".
  2. Admisibilidad de cualquier prueba convincente: Lo que hacía una prueba admisible no era su legalidad, sino su capacidad de demostración y su poder de generar convicción en un sujeto "universal", susceptible de verdad. Se pasó del régimen aritmético al "régimen anónimo de la verdad".

Las Fallas del Principio de la Íntima Convicción en la Práctica

Aunque el principio de la íntima convicción prometía una justicia basada en la certeza, Foucault señala que, en la práctica, se aloja en ella dos fenómenos que la desequilibran:

  • Proporcionalidad entre certeza y pena: A pesar del ideal, los jueces (magistrados o jurados) tienden a traducir la incertidumbre en atenuación de la pena. Las "fuertes presunciones" nunca quedan impunes, y las circunstancias atenuantes, originalmente pensadas para evitar absoluciones por la rigidez de la ley, terminan usándose para modular la pena según el grado de certeza o presunción, soslayando el principio de la íntima convicción. Foucault cita el caso Goldman de 1974 como ejemplo, donde la aplicación estricta de la ley por parte del jurado sorprendió incluso al fiscal, acostumbrado a ver penas atenuadas por la duda.
  • Privilegio de ciertos enunciados: Contrario al ideal de que "todas las pruebas puedan aportarse", algunas pruebas tienen un valor demostrativo intrínseco mayor, no por su estructura racional, sino por la autoridad del sujeto que las enuncia. Los informes policiales o los testimonios de funcionarios juramentados, y especialmente los informes de los expertos psiquiátricos, adquieren un "privilegio" debido al estatus de cientificidad de quienes los pronuncian. Esto crea "presunciones estatutarias de verdad", una "supralegalidad de ciertos enunciados".

El Discurso Ubuesco: Duplicaciones en el Derecho Penal

Foucault argumenta que el "discurso de Ubú" en el corazón de la práctica judicial penal se caracteriza por una serie de "duplicaciones" que alteran la aplicación de la justicia. No se trata de reemplazar, sino de introducir "dobletes sucesivos".

1. Duplicar el Delito con la Criminalidad

La pericia psiquiátrica permite "doblar el delito" con una serie de "maneras de ser" o "componentes" que, aunque no son el delito en sí, se presentan como su causa, origen o motivación. Estas nociones se convierten en la "sustancia susceptible de castigo".

Según la ley penal, solo son condenables las infracciones definidas por la ley y anteriores al acto. Sin embargo, la pericia introduce objetos como:

  • "Inmadurez psicológica"
  • "Personalidad poco estructurada"
  • "Mala apreciación de lo real"
  • "Profundo desequilibrio afectivo"
  • "Manifestación de un orgullo pervertido"
  • "Erostratismo", "alcibiadismo", "donjuanismo", "bovarismo"

Estas nociones tienen la función de:

  • Repetir tautológicamente la infracción: Constituyéndola como un rasgo individual, se pasa del acto a la conducta, del delito a una "manera de ser generalizada".
  • Desplazar el nivel de realidad de la infracción: Lo que estas conductas infringen no es la ley (ninguna ley prohíbe el desequilibrio emocional o el orgullo pervertido), sino un "nivel de desarrollo óptimo" o "criterios de realidad" y "calificaciones morales o éticas".

En resumen, la pericia constituye un doblete psicológico-ético del delito, deslegalizando la infracción para manifestar detrás de ella una "irregularidad con respecto a una serie de reglas que pueden ser fisiológicas, psicológicas o morales". Foucault subraya que esto no es una explicación del crimen, sino una propuesta de qué castigar: la "cosa misma" que el psiquiatra pone de manifiesto. En el caso Algarton, los expertos, sin pronunciarse sobre la culpa, explicaron cómo el crimen "habría podido cometerse", presentando un personaje que amaba el desorden y podía llegar al crimen, concluyendo: "Así pues, hay que considerarlo como responsable". El castigo se refiere a "esas conductas irregulares" que se proponen como causa del crimen, en lugar del crimen mismo.

2. Duplicar al Autor con el Sujeto Delincuente

La segunda función de la pericia psiquiátrica es duplicar al autor del delito con el nuevo personaje del siglo XVIII: el delincuente. La pericia clásica, bajo el artículo 64 del Código Penal de 1810, solo buscaba determinar si el acusado estaba en "estado de demencia" al cometer el acto, lo que lo eximiría de responsabilidad.

Sin embargo, las pericias modernas hacen algo distinto:

  • Establecer "antecedentes infraliminares": Rastrean "faltas sin infracción" o "defectos sin ilegalidad", mostrando cómo el individuo "ya se parecía a su crimen antes de haberlo cometido". El uso repetitivo del adverbio "ya" subraya esta analogía de ilegalidades infraliminares. Se describe una serie "parapatológica", cercana a la enfermedad pero sin serlo, que constituye un "defecto moral". Foucault menciona el caso de Georges Rapin, donde la pericia detalla desde la infancia el gusto por dominar, las armas y los coches veloces, todo ello como una "reconstrucción anticipatoria del crimen".
  • Fijar el "deseo del crimen": En estas "ambigüedades infraliminares" se inscribe la presencia del sujeto en la forma del deseo, que es "fundamentalmente malo". Este deseo, sin embargo, se correlaciona con "fallas, rupturas, debilidades, incapacidades" (ininteligencia, inferioridad, inmadurez, etc.).

Esta serialización del crimen con la infrapenalidad y lo parapatológico no busca responder a la cuestión de la responsabilidad del artículo 64, sino evitarla. Se establece una "región de indiscernibilidad jurídica" alrededor del infractor, donde el sujeto es "responsable de todo y de nada". El juez ya no ve un sujeto jurídico, sino un "objeto" para una "tecnología y un saber de reparación, readaptación, reinserción, corrección". La pericia "legitima, en la forma del conocimiento científico, la extensión del poder de castigar a otra cosa que la infracción".

3. La Constitución del Médico Juez y el Poder de Normalización

La tercera función es constituir un "médico juez". Al indicar conductas o rasgos que hacen verosímil la criminalidad, la pericia psiquiátrica adquiere valor demostrativo. Describir al acusado como "delincuente" contribuye a su paso de acusado a condenado. Foucault da el ejemplo de una pericia donde, para descartar a un sospechoso "notable", se destaca su exitosa trayectoria académica y profesional, contrastándola implícitamente con la imagen de un "delincuente".

Este proceso revela un "tercer término insidioso y oculto" que une lo médico y lo judicial: el poder de normalización. Este poder no es puramente judicial ni puramente médico, sino una instancia de control del "anormal", transformando tanto el poder judicial como el saber psiquiátrico.

Hacia una Genealogía de la Anomalía: Modelos de Control del Individuo

Foucault enmarca su análisis en una genealogía del poder de normalización, diferenciándose de las teorías que se centran en la "represión". Propone dos modelos históricos de control de individuos:

El Modelo de Exclusión del Leproso

Característico de la Edad Media, este modelo implicaba:

  • Una partición rigurosa y puesta a distancia del individuo.
  • La expulsión hacia un "mundo exterior confuso", "más allá de los muros".
  • La descalificación jurídica y política, incluso una ceremonia fúnebre que los declaraba "muertos".

Este modelo de exclusión de los marginados (mendigos, vagabundos, locos) continuó activo hasta el siglo XVII, culminando con el "gran encierro" en hospitales generales.

El Modelo de Inclusión del Apestado

Este modelo, que Foucault considera más duradero y activo a partir del siglo XVIII, se observa en la cuarentena de una ciudad apestada. Implica:

  • No expulsión, sino circunscripción del territorio, haciendo de la ciudad un "territorio cerrado" pero objeto de un análisis minucioso.
  • División en distritos, barrios, calles, con una jerarquía de vigilancia constante (centinelas, inspectores, responsables).
  • Registro permanente de todos los habitantes, con revisión diaria casa por casa para clasificar enfermos y sanos. No una partición masiva, sino una "serie de diferencias finas y constantemente observadas".
  • Observación cercana y meticulosa, no distancia.
  • Intento de maximizar la salud y producir una "población sana", no un rito de purificación.
  • Examen perpetuo de un campo de regularidad para calibrar a cada individuo según la "norma de salud".

Este modelo de inclusión y normalización, basado en la observación constante y la individualización, es central para comprender el control de los individuos en Occidente.

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Las Tres Figuras Ancestrales del Anormal

El "hombre normal" del siglo XVIII absorbe y reconfigura los rasgos del monstruo, dando origen a la figura del "anormal" del siglo XIX, descendiente de tres personajes clave:

1. El Monstruo

El monstruo es una infracción a la ley llevada al máximo, pero que "deja sin voz" a la ley. Su existencia viola la ley, pero la respuesta no es legal, sino "violencia, supresión, cuidados médicos o piedad". El monstruo se pone "automáticamente fuera de la ley". Es la forma "natural de la contranaturaleza", un modelo de las "pequeñas diferencias" y el "principio de inteligibilidad de todas las formas de la anomalía". Sin embargo, su inteligibilidad es tautológica: se explica a sí mismo, pero es ininteligible. El anormal del siglo XIX es un "monstruo cotidiano, trivializado", un "monstruo pálido".

2. El Individuo a Corregir (Correccionario)

Esta figura del siglo XVII y XVIII se enmarca en la familia y su relación con instituciones como la escuela o el taller. Es un fenómeno corriente, "regular en su irregularidad". Sus paradojas son:

  • Dificultad para determinarlo: Es evidente en lo cotidiano, pero su "incorregibilidad" no se puede demostrar, ya que está en el límite de la "indecidibilidad".
  • Incorregible que exige intervención: Su "incorregibilidad" paradójicamente exige "sobreintervenciones" y una "nueva tecnología de recuperación".

El anormal del siglo XIX es también un incorregible a quien se someterá a aparatos de corrección.

3. El Masturbador (Onanista)

Figura de fines del siglo XVIII, su campo de aparición es la "microcélula" del dormitorio, el cuerpo y la familia. Es un individuo casi universal, pero su práctica es un "secreto universal" que nadie comunica. Es la "raíz posible, e incluso real, de casi todos los males posibles", una "causalidad polivalente" de enfermedades corporales, nerviosas y psíquicas. Es una paradoja etiológica: algo universal explica las "singularidades patológicas más extremas".

El anormal del siglo XIX está marcado por esta "monstruosidad difusa", esta "incorregibilidad rectificable" y el "secreto común y singular" de la etiología sexual. Estas tres figuras, aunque inicialmente separadas, comienzan a superponerse a fines del siglo XVIII, dando lugar a una "tecnología de la anomalía humana" que constituye un campo homogéneo de anormalidades.

Preguntas Frecuentes sobre Foucault y la Experticia Psiquiátrica

¿Qué critica Foucault sobre la experticia psiquiátrica en el derecho penal?

Foucault critica que la experticia psiquiátrica, a pesar de presentarse como científica, a menudo produce discursos "grotescos" que deslegalizan el delito. Desplaza el foco del acto ilegal a "maneras de ser" y "defectos morales" del individuo, extendiendo el poder de castigar más allá de la infracción definida por la ley y legitimando un control sobre la "anormalidad" del sujeto.

La prueba legal del siglo XVIII era un sistema "aritmético" que sumaba "pruebas" jerarquizadas para una condena, incluso permitiendo penas parciales. La íntima convicción, surgida a fines del XVIII, exigía una certeza total del juez para condenar y permitía cualquier prueba convincente, buscando una verdad universal. Foucault, sin embargo, señala que la íntima convicción es a menudo pervertida en la práctica.

¿Qué son las "duplicaciones" en el discurso psiquiátrico penal?

Foucault identifica tres duplicaciones: 1) el delito se duplica con la "criminalidad" (maneras de ser, defectos éticos); 2) el autor del delito se duplica con el "sujeto delincuente" (un objeto para tecnologías de corrección); y 3) el médico se convierte en un "médico juez", extendiendo el poder de normalización sobre el "anormal", más allá de la enfermedad o el crimen.

¿Cómo influye el "poder de normalización" en la justicia?

El poder de normalización, propuesto por Foucault, es una forma de control que va más allá del poder judicial o médico. Surge de la experticia psiquiátrica y busca transformar al individuo anormal, no solo castigar el crimen o tratar la enfermedad. Este poder tiende a "transformar tanto el poder judicial como el saber psiquiátrico", constituyéndose en una instancia de control del individuo anómalo en función de normas sociales y psicológicas.

¿Quiénes son los tres antepasados del "anormal" del siglo XIX?

Los tres antepasados del individuo anormal, según Foucault, son: 1) el monstruo (quien viola la ley pero la deja sin voz, siendo un principio de inteligibilidad tautológico de las anomalías); 2) el individuo a corregir (un incorregible frecuente que exige intervenciones específicas); y 3) el masturbador (una figura universal, cuyo secreto inconfesable se presenta como la causa de todo tipo de males y singularidades patológicas).

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