Test sobre El Concepto de Familia en el Código Civil Peruano
Concepto de Familia en el Código Civil Peruano: Guía Esencial
Test: Derecho de familia: conceptos peruanos, Derecho de familia: legislación y doctrina, Procesal civil, Intimidad, Testamentos, Derecho civil
20 preguntas
Pregunta 1: Según la doctrina francesa mayoritaria de los hermanos Mazeaud, la familia se extiende a todas las personas unidas por lazos de parentesco o afinidad, incluyendo a los colaterales y hasta el duodécimo grado.
A. Ano
B. Ne
Explicación: Los hermanos Mazeaud, representando la posición mayoritaria en la doctrina francesa, establecen que la familia en sentido preciso no comprende más que al marido, a la mujer y a sus hijos menores, solteros y no emancipados. Rigurosamente, afirman que solo hay una familia legítima fundada en el matrimonio, excluyendo a la familia natural y limitando estrictamente el concepto de familia.
Pregunta 2: ¿Cuál de las siguientes acepciones de familia fue propuesta por Héctor Cornejo Chávez en la doctrina nacional?
A. Familia en sentido amplio: conjunto de personas unidas por el matrimonio, el parentesco o la afinidad.
B. Familia nuclear: personas unidas por el matrimonio o la filiación, incluyendo a concubinos y sus hijos menores o incapaces.
C. Familia conyugal: la familia restringida que se confunde con el parentesco.
D. Familia compuesta: la familia nuclear o extendida más una o más personas sin parentesco con el jefe de familia.
Explicación: Héctor Cornejo Chávez propone una acepción en sentido amplio como el conjunto de personas unidas por vínculos de matrimonio, parentesco o afinidad. También presenta una acepción en sentido restringido, que se subdivide en familia nuclear (personas unidas por matrimonio o filiación, incluyendo concubinos e hijos menores o incapaces), familia extendida (la nuclear más parientes) y familia compuesta (la nuclear o extendida más personas sin parentesco con el jefe de familia). La opción 'Familia conyugal: la familia restringida que se confunde con el parentesco' no corresponde directamente a su clasificación.
Pregunta 3: Según el Artículo VI del Título Preliminar, es necesario tener legítimo interés económico o moral para ejercitar o contestar una acción.
A. Ano
B. Ne
Explicación: El Artículo VI del Título Preliminar establece que 'Para ejercitar o contestar una acción es necesario tener legítimo interés económico o moral'.
Pregunta 4: ¿Según el material de estudio, ¿cuál fue la propuesta para el rol del juzgador en relación con el interés familiar para ejercitar o contestar una acción?
A. Que el juez solo evaluara el interés moral de la familia.
B. Que el juez apreciara la legitimidad de obrar de la familia del agente según las circunstancias del caso.
C. Que el juez determinara el interés económico familiar basándose únicamente en el vínculo de consanguinidad.
D. Que el juez extendiera interpretativamente el concepto de familia solo en el interés económico.
Explicación: El material de estudio indica claramente que 'Hubiera sido deseable que el Código permitiera al juzgador, evaluar el interés económico o moral de la familia, en función a la naturaleza del conflicto' y que esta propuesta fue alcanzada por la Comisión Reformadora: 'En lo que concierne a la familia del agente, la legitimidad de obrar se apreciará por el juez según las circunstancias del caso'.
Pregunta 5: Según el Artículo 16, las comunicaciones de carácter confidencial que se refieren a la intimidad de la vida personal y familiar pueden ser interceptadas sin el asentimiento del autor.
A. Ano
B. Ne
Explicación: El Artículo 16 establece claramente que la correspondencia epistolar, las comunicaciones de cualquier género o las grabaciones de la voz, cuando tengan carácter confidencial o se refieran a la intimidad de la vida personal y familiar, no pueden ser interceptadas o divulgadas sin el asentimiento del autor, y en su caso, del destinatario.