Derechos Fundamentales, Igualdad y Extranjería: Guía para Estudiantes
Los derechos fundamentales configuran el núcleo de la protección constitucional de la dignidad humana. En el contexto de la extranjería, surgen dudas sobre quiénes son titulares de esos derechos y en qué condiciones pueden ejercerlos. Este material resume la titularidad de los derechos, la distinción entre capacidad jurídica y de obrar, el régimen aplicable a extranjeros, la ciudadanía europea y las figuras de asilo y extradición.
Definición: La titularidad es la aptitud para ser titular de derechos; se adquiere con el nacimiento (Art. 30 CC) y se basa en la dignidad humana.
| Concepto | Qué significa | Límite o momento relevante |
|---|---|---|
| Capacidad jurídica | Aptitud para ser titular de derechos | Se adquiere con el nacimiento (Art. 30 CC) |
| Capacidad de obrar | Aptitud para ejercer derechos por sí mismo | Requiere mayoría de edad ($18$ años según Art. 12 CE) o representación legal |
Definición: Capacidad de obrar es la facultad para desplegar actos jurídicos válidos y ejercer derechos por cuenta propia.
Ejemplo práctico:
| Entidad | Derechos reconocidos | Fundamento / límite |
|---|---|---|
| Privadas (asociaciones, empresas) | Honor, intimidad, tutela judicial (Art. 24), libertad de creación de centros (Art. 27.6) | La doctrina del TC admite legitimación para amparo en ciertos derechos (STC 162/2000, 162.1.b) |
| Públicas | Derechos procesales, garantía contra la indefensión (Art. 24) | No son titulares de derechos de libertad personal de manera activa |
| Excluidos | Vida, integridad física, libertad personal | Son derechos estrictamente humanos, no atribuibles a personas jurídicas |
Ejemplo práctico:
Definición: El artículo 13.1 CE establece que los extranjeros gozarán de las libertades públicas en los términos que establezcan los tratados y la ley.
| Clasificación | Derechos aplicables | Observaciones |
|---|---|---|
| Coincidentes | Vida, integridad física, intimidad, honor, tutela judicial | Igualdad total; vinculados a la dignidad humana |
| Modulados | Reunión, asociación, sindicación, huelga | Titularidad por ser persona; ejercicio regulado por ley (p. ej. requisitos de entrada, estatus) |
| Excluidos | Participación política (A |
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Klíčové pojmy: La titularidad de derechos se adquiere con el nacimiento y se basa en la dignidad humana, Capacidad jurídica es aptitud para ser titular; capacidad de obrar es para ejercer derechos por sí mismo, La mayoría de edad para capacidad de obrar en España es $18$ años (Art. 12 CE), Personas jurídicas poseen algunos derechos (honor, tutela judicial) pero no derechos estrictamente humanos, Extranjeros disfrutan de derechos coincidentes, modulados o excluidos según su vinculación con la dignidad, STC 236/2007 impide condicionar derechos esenciales al mero estatus administrativo, La ciudadanía europea otorga sufragio municipal y libertad de circulación a nacionales de la UE, Asilo protege por persecución; protección subsidiaria protege frente a riesgo grave como tortura, La extradición está prohibida para delitos políticos (Art. 13.3 CE), Acciones positivas son medidas legítimas si son proporcionales y temporales