Guía Completa: Derecho Procesal Constitucional y Juicio de Amparo
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Pregunta: ¿Qué detalla el Art. 109 de la CPEUM en relación con juicios políticos?
Respuesta: Define las causas del Juicio Político: violaciones graves a la Constitución o desvío de recursos.
Pregunta: ¿Cómo regula el Art. 110 de la CPEUM el procedimiento del Juicio Político?
Respuesta: Establece que la Cámara de Diputados acusa y la Cámara de Senadores sentencia.
Pregunta: Según el Art. 110, párrafo 3 de la CPEUM, ¿cuáles son los castigos que puede imponer el Juicio Político?
Respuesta: Los únicos castigos son la destitución e inhabilitación; no implica pena de cárcel.
Pregunta: ¿Qué regula el Art. 111 de la CPEUM?
Respuesta: Regula la Declaración de Procedencia (desafuero) para quitar la inmunidad y poder juzgar penalmente a un funcionario.
Pregunta: ¿Qué es el Sistema No Jurisdiccional de Protección de DDHH y quiénes lo integran?
Respuesta: Es un sistema compuesto por la CNDH y los organismos estatales que defienden derechos humanos sin pasar por juzgados penales o civiles.
Pregunta: ¿Qué tipo de hechos investiga el Sistema No Jurisdiccional de Protección de DDHH?
Respuesta: Investiga quejas contra actos u omisiones de autoridades y servidores públicos de carácter administrativo (ej. abusos policiales, negligencias médicas
Pregunta: ¿Cómo se llaman las resoluciones finales del Sistema No Jurisdiccional de Protección de DDHH y qué carácter tienen?
Respuesta: Se llaman Recomendaciones; no son obligatorias ni tienen fuerza de ley, pero tienen gran peso político y moral.
Pregunta: ¿Qué obliga la ley si una autoridad decide ignorar una recomendación de la CNDH?
Respuesta: La obliga a explicar públicamente sus razones ante el Senado, exhibiendo su falta de compromiso con los derechos humanos.
Pregunta: ¿Qué protege el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano (JDC)?
Respuesta: Protege los derechos individuales: votar (activo), ser votado (pasivo/candidaturas), asociarse políticamente y afiliarse libremente a un partido.
Pregunta: ¿Quiénes pueden usar el JDC y cuál es el requisito del principio de definitividad?
Respuesta: Lo usan las personas físicas (ciudadanos) y requieren agotar obligatoriamente todos los recursos previos, como impugnaciones internas del partido.