Test sobre Convenios Ambientales Internacionales y Derecho Ecuatoriano
Convenios Ambientales Internacionales y Derecho Ecuatoriano: Guía
Convenios internacionales ambientales
20 preguntas
Pregunta 1: La autoridad principal responsable de la aplicación del Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) en Ecuador es Agrocalidad.
A. Sí
B. No
Explicación: El Ministerio de Ambiente y Energía (MAE) es la autoridad principal responsable de la aplicación del Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) en Ecuador.
Pregunta 2: El Artículo 395 de la Constitución ecuatoriana establece el principio de precaución, el cual permite adoptar medidas preventivas ante un riesgo grave, incluso si no existe certeza científica total.
A. Sí
B. No
Explicación: El Art. 395 de la Constitución incorpora el principio de precaución, permitiendo medidas preventivas sin certeza científica absoluta (Convenio de Minamata) o medidas restrictivas ante riesgo grave aunque no haya certeza científica total (Convenio sobre la Diversidad Biológica).
Pregunta 3: El Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) no considera la protección de conocimientos tradicionales como uno de sus principios clave.
A. Sí
B. No
Explicación: La protección de conocimientos tradicionales es un principio clave del Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB).
Pregunta 4: El Convenio de Bonn (CMS) para la conservación de especies migratorias entró en vigor para Ecuador el 1 de febrero de 2004.
A. Sí
B. No
Explicación: El Convenio de Bonn (CMS) fue ratificado por Ecuador el 1 de febrero de 2004, pero entró en vigor para Ecuador el 1 de mayo de 2004.
Pregunta 5: El Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) tiene entre sus objetivos la participación justa y equitativa en los beneficios derivados de los recursos genéticos.
A. Sí
B. No
Explicación: El Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) es un tratado marco internacional para la conservación de la diversidad biológica, el uso sostenible y la participación justa y equitativa en los beneficios de los recursos genéticos (ABS), siendo la Distribución Justa de Beneficios uno de sus principios clave.