Legislación y Derechos
Klíčové pojmy: Internación excepcional: sólo ante riesgo cierto e inminente, 48 horas: evaluación interdisciplinaria y firmas de al menos dos profesionales, Consentimiento válido solo en lucidez y comprensión, Internación voluntaria >60 días: notificar juez y órgano de revisión, Internación involuntaria: notificar en 10 horas y juez decide en 3 días, Derecho a abogado desde la internación; Estado provee si no lo hay, Órgano de Revisión: funciones de supervisión, apelación e investigación, Prohibición de crear nuevos manicomios; atención en hospitales generales, Informar sospechas de trato indigno al órgano de revisión y al juez, Censos nacionales cada 2 años y censo inicial en 180 días, Juez solicita informes cada 30 días y equipo independiente si >90 días, Modificaciones al Código Civil limitan inhabilitaciones a 3 años
## Introducción
La legislación y los derechos vinculados a la internación y la atención de las personas con padecimiento mental regulan garantías, procedimientos y responsabilidades que buscan proteger la autonomía, la dignidad y la integridad de las personas. El material sintetiza los puntos clave de la normativa incluida en la ley analizada, sus obligaciones institucionales y los mecanismos de control y revisión.
## Marco general: principios y alcance
- La internación se entiende como una medida excepcional y sujeta a requisitos formales y plazos estrictos.
- Se distinguen dos modalidades relevantes: **internación voluntaria** e **internación involuntaria**, cada una con derechos, obligaciones y controles específicos.
> Definición: Internación voluntaria — Ingreso decidido y consentido por la persona internada en pleno ejercicio de su lucidez y comprensión.
> Definición: Internación involuntaria — Internación sin consentimiento cuando existe riesgo cierto e inminente para la persona o terceros y no hay alternativas efectivas.
## Requisitos y documentación inicial (48 horas)
### Evaluación y firmas
- En las primeras CUARENTA Y OCHO (48) horas la internación debe contar con evaluación interdisciplinaria, diagnóstico integral y motivos que la justifiquen.
- Se requiere la firma de al menos dos profesionales del servicio, uno de los cuales debe ser psicólogo o médico psiquiatra.
### Identidad y entorno
- Búsqueda de datos sobre identidad y entorno familiar para facilitar el retorno al marco comunitario cuando corresponda.
### Consentimiento informado
- El consentimiento es válido solo si se otorga en estado de lucidez y comprensión.
- Si durante la internación ese estado se pierde por salud o por efectos de tratamientos, la situación deberá proceder como internación involuntaria.
> Definición: Consentimiento informado — Aceptación explícita basada en información suficiente y en capacidad de comprensión y decisión.
## Internación voluntaria: derechos, plazos y comunicación
- La persona puede abandonar la internación en cualquier momento.
- Si la internación voluntaria supera los SESENTA (60) días, el equipo de salud debe informar al órgano de revisión y al juez.
- El juez tiene un plazo de CINCO (5) días para evaluar si la internación sigue siendo voluntaria o debe convertirse en involuntaria.
- Si la prolongación obedece a situaciones sociales, el juez debe ordenar inclusión en programas sociales y la externación a la brevedad.
## Internación involuntaria: exigencias estrictas
### Criterios para proceder
- Debe ser recurso terapéutico excepcional cuando no haya posibilidad de abordajes ambulatorios y exista **riesgo cierto e inminente**.
- Requisitos adicionales: dictamen profesional firmado por dos profesionales de disciplinas distintas (uno psicólogo o psiquiatra), ausencia de alternativas eficaces e informe de medidas previas implementadas.
### Notificación y control judicial
- Notificación obligatoria en DIEZ (10) horas al juez competente y al órgano de revisión.
- En hasta CUARENTA Y OCHO (48) horas se deben agregar todas las constancias previstas.
- El juez debe resolver en TRES (3) días: autorizar, solicitar ampliaciones/peritajes o denegar la internación.
- El juez solo puede ordenar internación involuntaria por propia iniciativa si el servicio de salud responsable se negara a realizarla tras cumplirse los requisitos.
### Derechos del internado
- Derecho a designar abogado; si no lo hace, el Estado debe proveerlo desde la internación.
- El defensor puede oponerse y solicitar externación en cualquier momento.
## Alta y externación
- El alta, la externación y los permisos de salida son facultad del equipo de salud y no requieren autorización judicial, salvo que se trate de internación involuntaria (el juez debe ser informado).
- Cuando cese la situación de riesgo cierto e inminente, el equipo debe externar o transformar la internación en voluntaria conforme a los requisitos.
## Seguimiento judicial y revisione